CONSIDERANDO
Que la ausencia de un ordenamiento orgánico de las prescripciones que rigen el mencionado sistema impositivo, algunas de vieja data, entorpece las tareas fiscales y crea, a su vez, dificultades a los responsables para el estricto cumplimiento de sus obligaciones;
Que dentro de ese ordenamiento se ha estimado necesario introducir a las mencionadas normas algunas modificaciones tendientes por una parte a imprimirles mayor agilidad y por otra a facilitar los controles fiscales, las que se señalan en el texto y en el índice por materias;
Por lo tanto, y sin perjuicio de completar el ordenamiento a que se refiere esta resolución, con el agregado de los restantes rubros que integran el mencionado régimen fiscal, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° de la ley N° 11.683 (t. o. en 1960 y sus modificaciones),