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Resolución General AFIP N° 183/1998

06 de Agosto de 1998

Estado de la Norma: Vigente


DATOS DE PUBLICACIÓN

Boletín Oficial: 10 de Agosto de 1998

Boletín AFIP N° 14, Septiembre de 1998, página 1525

ASUNTO

IMPUESTOS VARIOS. Resolución General N° 58 y sus modificaciones. Agenda de días de vencimientos para el año 1999.

Expandir GENERALIDADES


Contraer TEMA

PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO-VENCIMIENTO DEL PLAZO-DECLARACION JURADA IMPOSITIVA -IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Contraer VISTO

VISTO la Resolución General N° 58 y sus modificaciones, y

Referencias Normativas:

Contraer CONSIDERANDO

Que mediante la citada norma, se ha instrumentado un esquema rotativo -con frecuencia anual- de días de vencimientos, respecto de determinadas obligaciones, realizado en función de las terminaciones de la Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.).

Que continuando con ese proceso de rotación se estima conveniente precisar con anticipación las fechas de vencimientos previstas para el año calendario 1999.

Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y de Programas y Normas de recaudación.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618 de fecha 10 de julio de 1997.

Referencias Normativas:

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:


Contraer Artículo 1:

ARTICULO 1°.- Establécense para el año calendario 1999, las fechas de vencimiento general que, para cada una de las resoluciones generales que se indican seguidamente, se fijan en el Anexo de la presente:

a) Resolución General N° 3.610 (DGI) y sus modificaciones, artículo 1°.

b) Resolución General N° 3.834 (DGI) sus modificatorias y complementarias, artículo 17.

c) Resolución General N° 3.847 (DGI) sus modificatorias y complementarias, artículo 9°.

d) Resolución General N° 3.906 (DGI), sus modificatorias y complementarias, artículo 4°.

e) Resolución General N° 4.060 (DGI) y sus modificaciones, artículo 23.

f) Resolución General N° 4.067 (DGI) y sus modificaciones, artículo 18.

g) Resolución General N° 4.101 (DGI) y sus modificaciones, artículo 3°.

h) Resolución General N° 4.105 (DGI) sus modificatorias y complementaria, artículo 10.

i) Resolución General N° 4.110 (DGI), sus modificatorias y complementaria, artículo 2°.

j) Resolución General N° 4.120 (DGI), su modificatoria y complementaria, artículo 4°.

k) Resolución General N° 4.150 (DGI) sus modificatorias y complementaria, artículo 13.

l) Resolución General N° 4.152 (DGI) sus modificatorias y complementarias, artículo 18.

m) Resolución General N° 4.159 (DGI) sus modificatorias y complementarias, artículo 18.

n) Resolución General N° 4.180 (DGI) y sus modificaciones, artículo 3°.

ñ) Resolución General N° 4.186 (DGI) y sus modificatorias, artículo 2°.

o) Resolución General N° 4.252 (DGI) sus modificatorias y complementaria, artículo 4°.

p) Resolución General N° 66, artículo 2°.

Textos Relacionados:

Contraer Artículo 2:

ARTICULO 2°.- Apruébase el Anexo que forma parte integrante de esta resolución general.

Contraer Artículo 3:

ARTICULO 3°.- Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.


Contraer ANEXO I - RG N° 183(AFIP).
Texto vigente según RG AFIP Nº 309/1998

Visualizar Anexo I Según R.G. N° 309 AFIP

Expandir Anexo Texto original según RG AFIP Nº 183/1998 Texto original según RG AFIP Nº 183/1998 :


FIRMANTES

Carlos Alberto Silvani