28 de Abril de 1993
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Boletín Oficial: 29 de Abril de 1993
Boletín DGI N° 474, Junio de 1993, página 606
ASUNTO
PROCEDIMIENTO. Decreto N° 2054, Título II- Resolución N° 1280/92 (M.E Y O. Y S.P). Resolución N° 1434/92 ( M.E Y O. Y S.P)- Nómina de empresas promovidas que optaron por el régimen de desvinculacion del sistema nacional de promoción industrial.
GENERALIDADES
TEMA
PROMOCION INDUSTRIAL-EMPRESA PROMOVIDA-REGIMENES DE PROMOCION -DESVINCULACION DEL REGIMEN PROMOCIONAL
VISTO
VlSTO el Título II del Decreto N° 2.054 de fecha 10 de noviembre de 1992 y las Resoluciones Nros 1280 y 1434 del Mínisterio de Economía y Obras y Servicios Públicos de fechas 11 de noviembre de 1992 y 17 de diciembre de 1992, respectivamente, y
Referencias Normativas:
CONSIDERANDO
Que corresponde informar la nómina de las empresas titulares de proyectos industriales amparados por las Leyes Nros 20.560, 21.608, 21.635, 22.021, 22.702, 22.973 y sus respectivas modificaciones, que hubieran optado por el régimen de desvinculación del Sistema Nacional de Promoción Industrial dispuesto por el Título II citado en el Visto.
Que han tomado la intervención que les ompete las Direcciones de Legislación y de Programas y Normas de Fiscalización.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7°de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones.
Referencias Normativas:
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
RESUELVE:
Artículo 1:
Artículo 1°- - De acuerdo con lo establecído en el artículo 13 de la Resolución N° 1.280 de fecha 11 de noviembre de 1992 y el artículo 5° de la Resolución N° 1434 de fecha 17 de Diciembre de 1992, ambas del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, se informa que las empresas promovidas cuyos titulares concretaron la opción en forma total o parcial, hasta el 28 de diciembre de el régimen de desvinculación del Sistema Nacional de Promoción Industrial instituido por las Leyes Nros 20.560, 22.021, 21.635, 22.021,22.702, 22.973 y sus respectivas modificaciones, son aquellas que se indican en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución general.
Referencias Normativas:
Artículo 2:
Art. 2° - Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
ANEXO I - RG N° 3672(AFIP).
Texto vigente según RG AFIP Nº 3404/2012
FIRMANTES
Ricardo Cossio