AFIP

Resolución General N° 1911/2005

ASUNTO

Resolución General N° 1911. PROCEDIMIENTO. Decreto N° 2.054/92 y su modificatorio, Título II. Resolución N° 1.280/ 92 (M.E. y O. y S.P.). Resolución N° 1.434/92 (M.E y O. y S.P). Nómina de empresas promovidas que optaron por el régimen de desvinculación del Sistema Nacional de Promoción Industrial. Resolución General N° 3.672 (DGI) y sus modificaciones. Empresa excluida.

Fecha de emisión: 19/07/2005

B.O.: 20/07/2005

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Vigente



VISTO el Anexo que forma parte de la Resolución General N° 3.672 (DGI) y sus modificaciones, y

CONSIDERANDO

Que mediante la aludida norma se informó la nómina de las empresas promovidas, al amparo de las Leyes N° 20.560, N° 21.608, N° 21.635, N° 22.021, N° 22.702 y N° 22.973 y sus respectivas modificaciones, que optaron por el régimen de desvinculación del Sistema Nacional de Promoción Industrial previsto en el Título II del Decreto N° 2.054 del 10 de noviembre de 1992, y su modificatorio.

Que se ha constatado que una empresa no ha puesto en marcha el proyecto promovido ni le ha dado principio de ejecución, por lo que corresponde su exclusión de la citada nómina en razón de no encuadrarse en las disposiciones del citado decreto.

Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación, de Asesoría Legal y de Programas y Normas de Fiscalización.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618, del 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- De acuerdo con lo establecido por el Título II del Decreto N° 2.054/92 y su modificatorio, exclúyese del Anexo que forma parte de la Resolución General N° 3.672 (DGI) y sus modificaciones, por no encuadrarse en lo preceptuado por el citado decreto, a la empresa cuyos datos se detallan seguidamente:

           EMPRESA            C.U.I.T.                 EXPTE.
Pastora Rioja S.A.      30-60929017-8            251.761/91


Modifica a:


Art. 2°.- Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.




FIRMANTES

Alberto R. Abad

AFIP
  • Administración Federal de Ingresos Públicos
  • | Biblioteca Electrónica |