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Resolución General DGI N° 3525/1992

17 de Junio de 1992

Estado de la Norma: Vigente


DATOS DE PUBLICACIÓN

Boletín Oficial: 19 de Junio de 1992

Boletín DGI N° 463, Julio de 1992, página 768

ASUNTO

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. Ley según texto sustituido por la Ley N° 23.349 y sus modificaciones- Resoluciones Generales N° 3.111 y 3.256 y sus modificaciones- Responsables inscriptos, su recategorización- Resolución General N° 3.500- Ampliación de plazo para la presentación del formulario de declaración jurada N° 436/C , información complementaria y restantes requisitos.

Expandir GENERALIDADES


Contraer TEMA

PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO-IVARESPONSABLES INSCRIPTOS -INSCRIPCION DE SUJETOS IMPONIBLES-DECLARACION JURADA -PRORROGA DEL PLAZO

Contraer VISTO

VISTO la Resolución General N° 3.500, y

Referencias Normativas:

Contraer CONSIDERANDO

Que, mediante la citada norma, se estableció un procedimiento destinado a posibilitar la recategorización fiscal de aquellos sujetos que hubieran omitido el cumplimiento de los requisitos y formalidades previstos en las Resoluciones Generales N° 3.111 y sus modificaciones y N° 3.256 y sus modificaciones, quedando en consecuencia automáticamente encuadrados como responsables inscriptos del impuesto al valor agregado.

Que se entiende aconsejable disponer con carácter de excepción, una ampliación del plazo de vencimiento fijado para cumplimentar la presentación del formulario de declaración jurada N° 436/C, información complementaria y restantes requisitos.

Que, en tal sentido, corresponde precisar que la mencionada ampliación comprende únicamente a los aludidos deberes formales, manteniéndose sin modificación la fecha prevista oportunamente para el cumplimiento de las respectivas obligaciones de pago.

Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y de Programas y Normas de Recaudación.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 5° y 7° de la Ley N°11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones, y el artículo 36 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto sustituido por la Ley N° 23.349 y sus modificaciones.

Referencias Normativas:

EL SUBDIRECTOR GENERAL A CARGO DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

RESUELVE:


Contraer Artículo 1 Texto vigente según RG DGI Nº 3533/1992:

Artículo 1° - La presentación del formulario de declaración jurada N° 436/C, información complementaria y restantes requisitos formales exigidos por la Resolución General N° 3.500, podrán ser cumplimentados con carácter de excepción, hasta el día 30 de junio de 1992, inclusive.

Las obligaciones de pago establecidas en la Resolución General N° 3.500 podrán ser cumplimentadas hasta el día 30 de junio de 1992, inclusive.

Textos Relacionados:

Modificado por:

Expandir Artículo 1 Texto original según RG DGI Nº 3525/1992:

Contraer Artículo 2:

Art. 2° - Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.


FIRMANTES

Juan Carlos Piñeiro