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Resolución General DGI N° 3335/1991

22 de Marzo de 1991

Estado de la Norma: Vigente


DATOS DE PUBLICACIÓN

Boletín Oficial: 25 de Marzo de 1991

Boletín DGI N° 448, Abril de 1991, página 449

ASUNTO

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO - Ley N° 23.349, artículo 1° y sus modificaciones- Régimen de retención - Resolución General N°3.274 y su modificatoria - Su modificación.

Expandir GENERALIDADES


Contraer TEMA

IVA-RETENCIONES IMPOSITIVAS

Contraer CONSIDERANDO

Que razones de política fiscal hacen aconsejable elevar la alícuota fijada por la Resolución General N° 3.274 y su modificatoria, que estableció el régimen de retención del Impuesto al Valor Agregado aplicable a las operaciones de compraventa de granos, cereales y oleaginosas.

Por ello, de acuerdo a lo aconsejado por la Dirección Legislación y en uso de las facultades acordadas por los artículos 5° y 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones, y por el artículo 23 de la Ley N° 23.349, artículo 1° y sus modificaciones,

Referencias Normativas:

EL SUBDIRECTOR GENERAL A CARGO DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

RESUELVE:


Contraer Artículo 1:

Articulo 1° - Modifícase el artículo 4° de la Resolución General N° 3.274 y su modificatoria, en la forma que se establece a continuación:

- Sustitúyese la expresión: "siete por ciento (7%)" por la expresión: "diez por ciento (10%)".

Modifica a:

Contraer Artículo 2:

Art. 2° - La modificación establecida por el artículo anterior será de aplicación respecto de los pagos que se efectúen a partir del día 1° de abril de 1991.

Contraer Artículo 3:

Art. 3° - Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.


FIRMANTES

Juan Carlos Piñeiro