09 de Noviembre de 1990
Estado de la Norma: Derogada
DATOS DE PUBLICACIÓN
Boletín Oficial: 14 de Noviembre de 1990
Boletín DGI N° 441, Septiembre de 1990, página 444
ASUNTO
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. Ley N° 23.349, artículo 1° y sus modificaciones - Resolución General N° 3.125 y sus modificaciones - Artículo 11 - Registro especial - Nómina de empresas comprendidas.
GENERALIDADES
TEMA
IVA-RESPONSABLES INSCRIPTOS-PAGO DE TRIBUTOS -PAGO A CUENTA DEL IMPUESTO-PERCEPCION DE IMPUESTOS
VISTO
VISTO el artículo 15 de la Resolución General N° 3.125 y sus modificaciones, y
Referencias Normativas:
CONSIDERANDO
Que corresponde informar las empresas que se encuentran comprendidas en el régimen especial de ingreso del impuesto al valor agregado reglado por la misma.
Por ello, de acuerdo con lo aconsejado por la Dirección Legislación y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones,
Referencias Normativas:
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
RESUELVE:
Artículo 1:
Artículo 1°, - De acuerdo con lo previsto por el artículo 15 de la Resolución General N° 3.125 y sus modificaciones, las empresas comprendidas en el régimen especial de ingreso del impuesto al valor agregado instrumentado por dicha norma, son aquéllas que se indican en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución general.
Textos Relacionados:
Artículo 2:
Art. 2° Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
ANEXO I - RG N° 3257(DGI).
Texto vigente según RG DGI Nº 4170/1996
ANEXO RESOLUCION GENERAL N° 3.257
DENOMINACION SOCIAL C.U.I.T.
ALGODONERA QUITILIPI S. A. 30-51646688-6
CEPAS ARGENTINAS S.A. 30-61375512-4
FIRMANTES
Ricardo Cossio