27 de Septiembre de 1990
Estado de la Norma: Derogada
DATOS DE PUBLICACIÓN
Boletín Oficial: 01 de Octubre de 1990
Boletín DGI N° 441, Septiembre de 1990, página 444
ASUNTO
PROCEDIMIENTO. Facturación y Registración. Resolución General N° 3.118 y sus modificaciones. Su complementaria.
GENERALIDADES
TEMA
PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO-REGIMEN DE FACTURACION Y REGISTRACION -TICKET DE CAJA
VISTO
VISTO la Resolución General N° 3.118 y sus modificaciones y
Referencias Normativas:
CONSIDERANDO
Que entidades representativas de la actividad económica han puesto de manifiesto inquietudes relacionadas con con la aplicación del precitado régimen,
Que a los fines de coadyuvar al cumplimiento de las obligaciones que, en lo referente a la facturación deben observar los contribuyentes de los gravámenes cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentra a cargo de este Organismo, resulta procedente flexibilizar determinados requisitos a cumplimentar respecto de las máquinas registradoras que emiten "tickets".
Por ello, de acuerdo a lo aconsejado por las Direcciones Legislación y Programas y Normas de Fiscalización, y en ejercicio de las facultades acordadas por el artículo 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones,
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
RESUELVE:
Referencias Normativas:
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
RESUELVE:
Artículo 1:
Artículo 1° - El requisito de identificación previsto en el primer párrafo del punto 3 del artículo 7° de la Resolución General N° 3.118 y sus modificaciones pódrá ser igualmente cumplimentado, cuando se empleen máquinas registradoras que emitan "tickets", con la indicación del departamento o sector de venta.
Textos Relacionados:
Artículo 2:
Art. 2° - Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
FIRMANTES
Ricardo Cossio