29 de Junio de 1988
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Boletín Oficial: 05 de Julio de 1988
Boletín DGI N° 415, Julio de 1988, página 417
ASUNTO
PROCEDIMIENTO E IMPUESTO AL VALOR AGREGADO - Facturación y registración - Resolución General N° 2.666 y sus modificaciones - Nuevos plazos.
GENERALIDADES
TEMA
PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO-IVA-REGIMEN DE FACTURACION Y REGISTRACION-PRORROGA DEL PLAZO
CONSIDERANDO
Que mediante la Resolución General N° 2.666 y sus modificaciones, esta Dirección General estableció los requisitos y demás condiciones a cumplir por parte de determinados responsables y contribuyentes en lo referente a la emisión y registración de los comprobantes respaldatorios de sus operaciones.
Que con miras a lograr un adecuado cumplimiento por parte de los sujetos a cuyo cargo se encuentran dichas obligaciones, se torna necesario extender los plazos de entrada y cese de vigencia de normas que reglan situaciones especiales.
Por ello, de acuerdo con lo aconsejado por las Direcciones Legislación y Planes, Sistemas y Procedimientos de Cobranzas y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones,
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
RESUELVE:
Artículo 1:
ARTICULO 1° - Modifícase el artículo 4° de la Resolución General N° 2.666 y sus modificaciones, en la forma que a continuación se indica:
1. Sustitúyese en el apartado 5) punto 5.1.2., segundo párrafo, la expresión: "1° de julio de 1988" por: "1° de noviembre de 1988".
2.Sustitúyese en el apartado 5), punto 5.2.2., segundo párrafo, la expresión: "1° de julio de 1988" por: "1° de noviembre de 1988".
Modifica a:
Artículo 2:
ARTICULO 2° - Modifícase la Resolución General N° 2.716, y sus modificatorias, en la forma que a continuación se indica:
- Sustitúyese en el artículo 2°, primer párrafo, la expresión: "30 de junio de 1988" por: "31 de octubre de 1988".
Modifica a:
Artículo 3:
ARTICULO 3° - Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
FIRMANTES
Carlos Marcelo Da Corte