28 de Marzo de 1968
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Boletín Oficial: 05 de Abril de 1968
Boletín DGI N° 172, Abril de 1968, página 359
ASUNTO
IMPUESTOS INTERNOS - Valores fiscales - Casos en que no se puedan proveer los que legalmente correspondan - Prorrogase el plazo establecido en el punto 2° de la Resolucion General 1.186
GENERALIDADES
TEMA
IMPUESTOS INTERNOS-PRORROGA DEL PLAZO
VISTO
y
CONSIDERANDO
Que la Resolución General N° 1.186 (I.I.) prorrogó hasta el 1° de abril del año en curso el plazo establecido por la N° 1.179 (I.I.)
Que no contando actualmente esta Dirección General con la totalidad de la gama de valores fiscales ajustados a las actuales tasas impositivas, es conveniente ampliar dicho plazo, sin que con ello se resienta o entorpezca la recaudación fiscal;
Por ello, en ejercicio de las facultades que le acuerda el artículo 8° de la Ley N° 11.683 (t.o. en 1960 y sus modificaciones),
Referencias Normativas:
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
RESUELVE:
Artículo 1:
Artículo 1° - Prorrógase hasta el 31 de julio próximo inclusive, el plazo establecido en el punto 2° de la Resolución General N° 1.186 (I.I.).
Textos Relacionados:
Artículo 2:
Artículo 2° - Regístrese, publíquese y dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial.
FIRMANTES
Raul E. Cuello