05 de Enero de 1968
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Boletín Oficial: 17 de Enero de 1968
Boletín DGI N° 170, Febrero de 1968, página 132
ASUNTO
INTERNOS - Valores fiscales - Casos en que no se puedan proveer los que legalmente correspondan - Resolución General N° 1.179 - Entrada en vigencia - Postergación parcial.
GENERALIDADES
TEMA
IMPUESTOS INTERNOS-CIGARRILLOS-PRORROGA DEL PLAZO
VISTO
y
CONSIDERANDO
Que con excepción de los fabricantes de cigarrillos, los responsables de los impuestos internos comprendidos en la Resolución General N° 1.179 (I.I.) se han presentado exponiendo las dificultades que les provocaría el cumplimiento de las disposiciones contenidas en ella, solicitando en consecuencia se postergue su aplicación;
Que según expresan dichos responsables esas dificultades podrían ser subsanadas dentro de un plazo prudencial;
Que siendo atendibles las razones en que se fundamenta ese pedido y en uso de las facultades que le acuerda el articulo 8° de la ley 11.683 (t, o. en 1960 y sus modificaciones),
Referencias Normativas:
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
RESUELVE:
Artículo 1:
Artículo 1° - Mantener las disposiciones contenidas en la Resolución General N° 1.179 (I. I.) para los responsables del gravamen a los cigarrillos.
Textos Relacionados:
Artículo 2:
Artículo 2° - Postergar hasta el 19 de abril próximo la entrada en vigencia de la citada resolución para los responsables de los restantes gravámenes internos incluidos en la misma.
Textos Relacionados:
Artículo 3:
Artículo 3° - Regístrese, publíquese y dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial.
FIRMANTES
Raul E. Cuello