Imprimir esta página Imprimir
Contrae el contenido expandido en la norma Contraer
Expande el contenido contraído en la norma Expandir

Resolución General AFIP N° 1647/2004

04 de Marzo de 2004

Estado de la Norma: Derogada


DATOS DE PUBLICACIÓN

Boletín Oficial: 08 de Marzo de 2004

Boletín AFIP N° 81, Abril de 2004, página 772

ASUNTO

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. Resolución General N° 18, sus modificatorias y complementarias. Resolución General N° 39 y sus modificaciones. Nómina de sujetos comprendidos.

Expandir GENERALIDADES


Contraer TEMA

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO-RETENCIONES IMPOSITIVAS -AGENTES DE RETENCION-SUJETOS IMPONIBLES-RESPONSABLES INSCRIPTOS

Contraer VISTO

VISTO el régimen de retención del impuesto al valor agregado establecido por la Resolución General N° 18, sus modificatorias y complementarias, y la Resolución General N° 39 y sus modificaciones, y

Referencias Normativas:

Contraer CONSIDERANDO

Que de acuerdo con lo establecido en los artículos 2° y 3° de la norma citada en primer término, esta Administración Federal está facultada para incorporar nuevos agentes de retención al mencionado régimen, así como para excluir aquellos que fueron designados como tales.

Que en consecuencia, corresponde informar la identificación de los sujetos que se incorporan a este régimen de retención y de los que han quedado excluidos del mismo.

Que por otra parte, resulta necesario rectificar la nómina de agentes de retención, dado el cambio de denominación de determinados responsables incluidos en ella.

Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección de Legislación.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618, de fecha 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.

Referencias Normativas:

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:


Contraer Artículo 1:

ARTICULO 1°.- Modifícase el Anexo I de la Resolución General N° 18, sus modificatorias y complementarias -texto según Anexo I de la Resolución General N° 875-, en la forma que se indica a continuación:

1. Incorpóranse a los responsables que se mencionan seguidamente:

"30-56102866-0 CADASA SRL"

"30-64970578-6 TIGRE ARGENTINA SA"

2. Elimínanse a los responsables que se mencionan a continuación:

"30-50424458-6 SAGEMULLER SACIFIA"

"33-64072236-9 SERVICIOS VIALES S A CONCESIONARIA DE RUTAS POR PEAJE"

3. Sustitúyese la identificación del responsable que se enuncia a continuación:

"30-50177840-7 SULZER ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA" por la que se detalla seguidamente:

"30-50177840-7 SINAX SA"

Referencias Normativas:

Modifica a:

Contraer Artículo 2:

ARTICULO 2°.- Modifícase el Anexo de la Resolución General N° 39 y sus modificaciones -texto según Anexo II de la Resolución General N° 875-, en la forma que se indica a continuación:

1. Incorpóranse a los responsables que se mencionan seguidamente:

"30-69759871-1 BODEGAS SALENTEIN SA"

"30-70746786-6 FRIGORIFICO EQUINO ENTRE RIOS SA"

"30-70714925-2 TOREDO SA"

2. Elimínanse a los responsables que se detallan a continuación:

"20-10229787-4 ARUS, AQUILES GUILLERMO"

"20-00251618-8 GARCIA MATA RAFAEL"

"30-69176872-0 KUTLY INTERNACIONAL SA"

"20-01968271-5 MACHAO, OSVALDO LUIS MARIA"

"30-68585176-4 SAN ISIDRO COMERCIAL SA"

Referencias Normativas:

Modifica a:

Contraer Artículo 3:

ARTICULO 3°.- Modifícase el Anexo V de la Resolución General N° 18, sus modificatorias y complementarias -texto según Resolución General N° 1.126-, en la forma que se indica a continuación:

1. Incorpórase al responsable que se menciona seguidamente:

"30-70845260-9 SAN ANTONIO EXPORT S.A."

2. Elimínase al responsable que se detalla a continuación:

"30-68567859-0 AGRO TRADER S A"

Referencias Normativas:

Modifica a:

Contraer Artículo 4:

ARTICULO 4°.- Lo establecido en los artículos precedentes tendrá efectos a partir del día 1 de abril de 2004, inclusive.

Contraer Artículo 5:

ARTICULO 5°.- Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.


FIRMANTES

Alberto R. Abad