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Resolución General AFIP N° 536/1999

26 de Marzo de 1999

Estado de la Norma: Derogada


DATOS DE PUBLICACIÓN

Boletín Oficial: 05 de Abril de 1999

Boletín AFIP N° 22, Mayo de 1999, página 961

ASUNTO

IMPUESTO SOBRE LOS COMBUSTIBLES LIQUIDOS. LEY N°23.966, Título III del Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y el Gas Natural, texto ordenado en 1998. Resolución General N° 193 y sus complementarias. Artículos 6°, primer párrafo y 7°, tercer y quinto párrafos. Norma complementaria.

Expandir GENERALIDADES


Contraer TEMA

IMPUESTO SOBRE LOS COMBUSTIBLES LIQUIDOS Y EL GAS NATURAL -ADQUIRENTES EXENTOS-REGIMEN DE EMPADRONAMIENTO -RESPONSABLES

Contraer VISTO

VISTO los artículos 6°, primer párrafo y 7°, tercer y quinto párrafos, de la Resolución General N° 193 y sus complementarias, y

Referencias Normativas:

Contraer CONSIDERANDO

Que este Organismo debe publicar la nómina de los responsables que, en razón de haber cumplido con los requisitos exigidos por la Resolución General N° 193 y sus complementarias, se encuentran beneficiados por la exención prevista en el inciso c) del artículo 7° de la Ley N° 23966, Título III de Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y el Gas Natural, texto ordenado en 1998.

Que, asimismo, corresponde publicar el lapso dentro del cual tendrá validez la acreditación de la condición de determinados adquirentes exentos, de acuerdo con lo establecido en los artículos 6°, primer párrafo y 7°, tercer y quinto párrafos, de la Resolución General N° 193 y sus complementarias.

Que, por otra parte, corresponde incluir en las nóminas informadas por las Resoluciones Generales N° 314, N° 337 y N° 438, a otras empresas que dieron cumplimiento a los requisitos y condiciones para su empadronamiento, así como establecer el lapso dentro del cual tendrá validez la acreditación de la condición de adquirente exento.

Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y de Programas y Normas de Fiscalización.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618 de fecha 10 de julio de 1997.

Referencias Normativas:

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:


Contraer Artículo 1:

ARTICULO 1°.- De acuerdo con lo previsto por el primer párrafo del artículo 6° de la Resolución General N° 193 y sus complementarias, se informan en el Anexo I de la presente las nóminas de los responsables que dieron cumplimiento a los requisitos y condiciones establecidos para su empadronamiento como adquirentes exentos.

Textos Relacionados:

Contraer Artículo 2:

ARTICULO 2°.- Los responsables comprendidos en las nóminas mencionadas en el artículo anterior podrán acreditar su condición de adquirentes exentos, conforme a lo dispuesto por el artículo 7°, tercer y quinto párrafos, de la Resolución General N° 193 y sus complementarias, por el lapso comprendido entre el 1 de abril de 1999 y el 30 de setiembre de 1999, ambas fechas inclusive.

Referencias Normativas:

Contraer Artículo 3:

ARTICULO 3°.- Incorpóranse a las nóminas publicadas mediante las Resoluciones Generales N° 314, N° 337 y N° 438, a las empresas que se indican en los Anexos II, III y IV, respectivamente, que dieron cumplimiento a los requisitos y condiciones establecidos para el empadronamiento como adquirentes exentos, por los lapsos comprendidos desde el 1° de enero de 1999, 1 de febrero de 1999 y 1 de marzo de 1999, hasta el 30 de setiembre de 1999, esas fechas inclusive, respectivamente.

Modifica a:

Contraer Artículo 4:

ARTICULO 4°.- Apruébanse los Anexos I, II, III y IV que forman parte de la presente Resolución General.

Contraer Artículo 5:

ARTICULO 5°.- Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.


Contraer ANEXO I - RG N° 536(AFIP).
Texto vigente según RG AFIP Nº 603/1999

Visualizar Anexo I

Expandir Anexo Texto según RG AFIP Nº 569/1999 Texto según RG AFIP Nº 569/1999 :

Expandir Anexo Texto original según RG AFIP Nº 536/1999 Texto original según RG AFIP Nº 536/1999 :

Contraer ANEXO II - RG N° 536(AFIP).

Visualizar Anexo II

Contraer ANEXO III - RG N° 536(AFIP).

Visualizar Anexo III

Contraer ANEXO IV - RG N° 536(AFIP).

Visualizar Anexo IV


FIRMANTES

Carlos Alberto Silvani