04 de Marzo de 1999
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Boletín Oficial: 09 de Marzo de 1999
Boletín AFIP N° 21, Abril de 1999, página 801
ASUNTO
IMPUESTO SOBRE LOS INTERESES PAGADOS Y EL COSTO FINANCIERO DEL ENDEUDAMIENTO EMPRESARIO. Resoluciones Generales Nros. 352 y 353. Liquidación e ingreso del gravamen. Programa aplicativo. Su aprobación.
GENERALIDADES
TEMA
IMPUESTO SOBRE LOS INTERESES PAGADOS Y EL COSTO FINANCIERO DEL ENDEUDAMIENTO EMPRESARIO -PROGRAMAS APLICATIVOS-DECLARACION JURADA IMPOSITIVA -PLAZO
VISTO
VISTO las Resoluciones Generales Nros. 352 y 353, y
Referencias Normativas:
CONSIDERANDO
Que el artículo 2° de las citadas normas estableció que la liquidación del Impuesto sobre los Intereses Pagados y el Costo Financiero del Endeudamiento Empresario se realizará mediante la utilización de un programa aplicativo.
Que, consecuentemente, corresponde aprobar el aplicativo y los formularios de declaración jurada generados por el mismo.
Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y de Programas y Normas de Recaudación.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618 de fecha 10 de julio de 1997.
Referencias Normativas:
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1:
(Nota de Redacción: artículo derogado por el artículo 6 de la RG AFIP Nº 772/ 2000)
Derogado por:
Artículo 2:
(Nota de Redacción: artículo derogado por el artículo 6 de la RG AFIP Nº 772/ 2000)
Derogado por:
Artículo 3:
(Nota de Redacción: artículo derogado por el artículo 6 de la RG AFIP Nº 772/ 2000)
Derogado por:
Artículo 4:
ARTICULO 4°.- Apruébanse la aplicación denominada "Impuesto sobre los Intereses Pagados y el Costo Financiero del Endeudamiento Empresario - Versión 3.0" y los formularios de declaración jurada Nros. 723, 724 y 725. Nota de Redacción : Los formularios forman parte del software aplicativo.
Artículo 5:
(Nota de Redacción: artículo derogado por el artículo 6 de la RG AFIP Nº 772/ 2000)
Derogado por:
FIRMANTES
Carlos Alberto Silvani