21 de Mayo de 1998
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Boletín Oficial: 22 de Mayo de 1998
Boletín AFIP N° 12, Julio de 1998, página 1156
ASUNTO
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. Ley según texto ordenado de 1997 y sus modificaciones. Decretos Nros. 499/98 y 589/98. Resolución General N° 137. Su derogación. Resolución General N° 138. Su suspensión.
GENERALIDADES
VISTO
CONSIDERANDO
Que por la citada norma se suspende la aplicación del Decreto N° 499 de fecha 8 de mayo de 1998, desde su vigencia y hasta el 30 de junio de 1998, inclusive.
Que de acuerdo con lo establecido por el citado Decreto N° 499/98 se dispusieron -mediante las Resoluciones Generales Nros. 137 (compraventa de granos y legumbres) y 138 (compraventa, matanza y faenamiento de ganado bovino)-, adecuaciones a los regímenes de retención, percepción y/o pago a cuenta del impuesto al valor agregado, instrumentados por las Resoluciones Generales Nros. 4.217 (DGI) y sus complementarias y 4.059 (DGI) y sus modificaciones.
Que, en consecuencia, procede supeditar los alcances y efectos de los referidos ajustes normativos, a la efectiva aplicación del Decreto N° 499/98.
Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección de Legislación.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 29 de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones, 27 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones y 7° del Decreto N° 618 de fecha 10 de julio de 1997.
Referencias Normativas:
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1:
ARTICULO 1°.- Déjase sin efecto, desde su vigencia, la Resolución General N° 137 (compraventa de granos y legumbres).
Deroga a:
Artículo 2:
ARTICULO 2°.- Suspéndese, desde su vigencia y hasta el día 30 de junio de 1998, inclusive, la aplicación de la Resolución General N° 138 (compraventa, matanza y faenamiento de ganado bovino).
Textos Relacionados:
Artículo 3:
ARTICULO 3°.- Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
FIRMANTES
Carlos Alberto Silvani