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Cuadros Legislativos / DIGESTO TRIBUTARIO

Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono

Índice

 

1) Régimen de inscripción. Determinación e ingreso. Régimen de anticipos.

1.1) Monto de los impuestos previstos en el primer párrafo del Artículo 4º, en el inciso d) del Artículo 7° y en el primer párrafo del Artículo 11, todos del Título III de la Ley N° 23.966 de Impuestos sobre los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones.

1.2) eterminación de los tributos, fiscalización y aplicación del régimen sancionatorio pertinente.  Modelo de acta.

2) Procedimiento aplicable a las transferencias de productos exentos. Artículo 7°, inciso d) de la Ley N° 23.966 de Impuestos sobre los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones.    

2.1) Acreditación de destino. Sujetos intervinientes en la cadena de comercialización.

2.2) Tratamiento especial para las operaciones de transferencia de combustibles destinadas y consumidas en zona sur (art. 7°, inc. d) y art. 4°, tercer parrafo de la Ley N° 23.966)

2.2.1) Creación del Régimen.

2.2.2) Trazador químico.

3) Impuesto diferencial. Comercialización de naftas en determinados ejidos municipales. Empadronamiento. Acreditación de destino.

4) Creación del "Régimen".

4.1) “Régimen de Operadores de Hidrocarburos Beneficiados por Destino Industrial” (art. 7°, inc. c) y art. agregado a continuación del art. 9°, Ley N° 23.966).

4.2) Decreto N° 1.016/97. Creación del "Registro". Sujetos comprendidos en los incisos b) y c) del artículo 3° de la Ley N° 23.966.

4.3) Régimen de operadores de combustibles exentos por rancho y marítimo de cabotaje.

4.4) Régimen de transportistas de hidrocarburos con beneficios.

5) Regímenes de Información. 

5.1) Sistema Informativo "COMBEX".

5.1.1) Régimen de Operadores de Hidrocarburos Beneficiados por Destino Industrial.

5.1.2) Régimen de Operadores de Combustibles Exentos y/o con tratamiento diferencial  por destino geográfico.

5.2) Sistema informativo "Decreto 1.016/97"

5.3) Régimen de información de inscriptos en el Régimen de operadores de combustibles exentos por rancho y marítimo de cabotaje.

6) Régimen de avales. Sujetos cuyas operaciones no se encuentran alcanzadas por el inc. c) del artículo 7° de la Ley N° 23.966.

7) Régimen de reintegro. Impuesto ingresado por las operaciones que no se encuentran alcanzadas por el inc. c) del artículo 7° de la Ley N° 23.966.

8) Empresas de transporte de pasajeros por ómnibus concesionarias o peticionarias. Cómputo del gasoil como pago a cuenta. Contribuciones Patronales.

9) Empresas de transporte automotor internacional de carga. Impuesto sobre los combustibles líquidos contenido en las adquisiciones de gasoil. Cómputo como pago a cuenta en el impuesto al valor agregado. Solicitud de devolución del remanente.

 

Contenido

 

1)  Régimen de inscripción. Determinación e ingreso. Régimen de anticipos.

Resolución General N° 4.233 Boletín N° 249 (AFIP) B.O. 27/04/18

Antecedentes: RG 2.250Resolución General Nro. 4.247 (DGI)

Normas modificatorias

Normas complementarias

Resolución

 General N°

Boletín

  AFIP

B.O.

Resolución

 General N°

Boletín

  AFIP

B.O.

4.481 (a)

262 14/05/19

4.481 (a)

262 14/05/19
     

4.829

279 01/10/20
     

4.905

282 19/01/21
     

5.118

 293 22/12/21
     

5.183

297 12/04/22
(a) La sustitución del Anexo entra en vigencia a partir período fiscal agosto 2019.


1.1) Monto de los impuestos previstos en el primer párrafo del Artículo 4º, en el inciso d) del Artículo 7° y en el primer párrafo del Artículo 11, todos del Título III de la Ley N° 23.966 de Impuestos sobre los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones.

Resolución General N° 4.257-E, Boletín N° 251 (AFIP), BO 01/06/2018

Antecedentes: Resolución General Nro. 1.555

Norma modificatoria
Resolución General N° Boletín AFIP B.O.
4.389 257 28/12/18

4.735

 275 05/06/20

 

1.2) Determinación de los tributos, fiscalización y aplicación del régimen sancionatorio pertinente.  Modelo de acta.

Resolución General Conjunta N° 1.876 (AFIP) y 671/05 (SE). Boletín N° 95 (AFIP), pág. 1177. B.O. 06/05/05

 

2) Procedimiento aplicable a las transferencias de productos exentos. Artículo 7°, inciso d) de la Ley N° 23.966 de Impuestos sobre los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones.  

2.1) Acreditación de destino. Sujetos intervinientes en la cadena de comercialización.

Resolución General N° 4.312. Boletín N° 254 (AFIP). B.O. 24/09/18. Vigencia a partir del día 1° de marzo de 2018, el 1° de junio de 2018 o el 1° de enero de 2019, según el cronograma previsto en el Artículo 22.

Normas modificatorias

Normas complementarias

Resolución

 General N°

Boletín

  AFIP

B.O.

Resolución

 General N°

Boletín

  AFIP

B.O.
4.481 262 14/05/19 4.481 262 14/05/19




2.2.) Tratamiento especial para las operaciones de transferencia de combustibles destinadas y consumidas en zona sur (art. 7°, inc. d) y art. 4°, tercer parrafo de la Ley N° 23.966)

 

2.2.1) Creación del Régimen

Resolución General N° 4.772 Boletín N° 276 (AFIP). B.O. 29/07/2020.

Antecedente: Resolución General nro. 1.234


 

2.2.2) Trazador químico.

Resolución General N° 3.388. Boletín N° 184 (AFIP), pág. 2968. B.O. 28/11/12.

Antecedentes: RG 1.359

Normas modificatorias

Normas complementarias

Resolución

 General N°

Boletín

  AFIP

B.O.

Resolución

 General N°

Boletín

  AFIP

B.O.
4.313 254 24/09/18

3.728

210 26/01/15
     

4.234 (a)

250 04/05/18
     

5.098

292 11/11/21
     

5.428

315 10/10/2023

 (a) Complementada por:

Resolución General Nº 5.098. Boletín Nº 292 (AFIP). B.O. 11/11/2021.

Resolución General N° 5.380 Boletín N° 312 (AFIP). B.O. 07/07/2023.

Resolución General N° 5.428 Boletín N° 315 (AFIP). B.O. 10/10/2023.

 

3) Impuesto diferencial. Comercialización de naftas en determinados ejidos municipales. Empadronamiento. Acreditación de destino.

Sin vigencia. antecedentes.

 

4) Creación del "Régimen".

4.1) “Régimen de Operadores de Hidrocarburos Beneficiados por Destino Industrial” (art. 7°, inc. c) y art. agregado a continuación del art. 9°, Ley N° 23.966).

Resolución General N° 4.311, Boletín N° 254 (AFIP), B.O. 24/09/18.

Antecedentes: RG 1.104 (d) y RG 844

Normas modificatorias

Normas complementarias

Resolución

 General N°

Boletín

  AFIP

B.O.

Resolución

 General N°

Boletín

  AFIP

B.O.
1.994     103-229 20/01/06 1.129 53-2205 05/11/01
2.610 145-1238 26/05/09 1.743 (a) 88-1994 24/09/04
4.311 (b) (c)  254 24/09/18      

4.532 

264 26/07/19      

4.763

276 17/07/20      

 

(a) Derogada por Resolución General N° 4.313, Boletín N° 254 (AFIP), B.O. 24/09/18 (Vigencia a partir del 1° de junio de 2018).

(b) Excepcionalmente se extiende el plazo cuyo vencimiento operó el 31/08/18 (previsto en el Art. 9° de la RG 1.104) hasta el 31/10/18.

(c) Resolución General N° 4.481 Boletín N° 262 (AFIP) – B.O. 14/05/19.

(d) Derogación vigente a partir del 1° de julio de 2.020 (según modificación a la Resolución General N° 4.311 incorporada por la Resolución General N° 4.532 Boletín N° 264 (AFIP). B.O. 26/07/2019.

 

4.2) Decreto N° 1.016/97. Creación del "Registro". Sujetos comprendidos en los incisos b) y c) del artículo 3° de la Ley N° 23.966.

Antecedentes: ver RG 1.576. Derogada por Resolución General N° 4.313, Boletín N° 254 (AFIP), B.O. 24/09/18 (Vigencia a partir del 1° de junio de 2018).

 

4.3) Régimen de operadores de combustibles exentos por rancho y marítimo de cabotaje.

 

Resolución General N° 4.832 Boletín N° 279 (AFIP). B.O. 09/10/2020.


 

Antecedentes:

Resolución General nro. 2.200 

 

4.4) Régimen de transportistas de hidrocarburos con beneficios.

Resolución General N° 4.775 Boletín N° 276 (AFIP). B.O. 29/07/2020.

Antecedente: Resolución General nro. 2.080


 

5) Regímenes de Información. 

5.1) Sistema Informativo "COMBEX".

5.1.1) Régimen de Operadores de Hidrocarburos Beneficiados por Destino Industrial.

Resolución General N° 2.756. Boletín N° 152, pág. 487 - B.O. 22/01/10

Antecedentes: ver Resolución General nro. 1.139

Normas modificatorias
Resolución General N° Boletín AFIP B.O.
2.906     159-1972 10/09/10
3.146 (a) 169-1741 30/06/11
4.313 (b) 254 24/09/18
(a) Modificada por Resolución General N° 4.312, Boletín N° 254 (AFIP), B.O. 24/09/18.

(b) La obligación de información de operaciones comprendidas en la RG 2.756 será exigible a partir de aquellas perfeccionadas desde el 01/01/2019, inclusive.

 

5.1.2) Régimen de Operadores de Combustibles Exentos y/o con tratamiento diferencial  por destino geográfico.

Resolución General N° 1.999 - Boletín N° 104 (AFIP), pág. 427 - B.O. 24/01/06.                 

Vigencia: respecto de las operaciones efectuadas desde el día 1° de enero de 2006, inclusive.

Antecedentes: ver Resolución General nro. 1.314

Normas modificatorias
Resolución General N° Boletín AFIP B.O.
2.082 109-1520 30/06/06
2.185 115-308 03/01/07
4.313 (a) 254 24/09/18
(a) La utilización del programa aplicativo aprobado por el Art. 12 de la RG 4.313 será exigible para las DDJJ informativas correspondientes al período mensual enero de 2019 y siguientes. 

 

5.2) Sistema informativo "Decreto N° 1.016/97"

Resolución General N° 2.184. Boletín N° 115 (AFIP), pág. 304. B.O. 04/01/07. Derogada por Resolución General N° 4.313, Boletín N° 254 (AFIP), B.O. 24/09/18 (Vigencia a partir del 1° de octubre de 2018).

 

5.3) Régimen de información de inscriptos en el Régimen de operadores de combustibles exentos por rancho y marítimo de cabotaje.

Resolución General N° 1.791. Boletín N° 90 (AFIP), pág. 112 - B.O. 14/12/04

Normas modificatorias

Norma complementaria

Resolución

 General N°

Boletín

  AFIP

B.O.

Resolución

 General N°

Boletín

  AFIP

B.O.
1.809 91-348 05/01/05 2.313    123-2131 20/09/07
1.970 102-93 23/11/05      
4.313 (a)(b) 254 24/09/18      
(a) La utilización del programa aplicativo aprobado por el Art. 12 de la RG 4.313 será exigible para las DDJJ Informativas correspondientes al período mensual Enero de 2019 y siguientes.

(b) La obligación de información de operaciones comprendidas en la RG 1.791 será exigible a partir de aquellas perfeccionadas desde el 01/01/2019, inclusive.

 

6) Régimen de avales. Sujetos cuyas operaciones no se encuentran alcanzadas por el inc. c) del artículo 7° de la Ley N° 23.966.

 Resolución General N° 4.311, Boletín N° 254 (AFIP), B.O. 24/09/18.

 Antecedentes: RG 1.184 (a)

Normas modificatorias    
Resolución General nro. Boletín AFIP B.O.
4.532  264 26/07/19

4.763

276 17/07/20
(a) Derogación vigente a partir del 1° de julio de 2.020 (según modificación a la Resolución General nro. 4.311 incorporada por la Resolución General N° 4.532 Boletín N° 264 (AFIP). B.O. 26/07/2019).

 

7) Régimen de reintegro. Impuesto ingresado por las operaciones que no se encuentran alcanzadas por el inc. c) del artículo 7° de la Ley N° 23.966.

Resolución General 3.146. Boletín N° 167 (AFIP), pág. 1741. B.O. 30/06/11.

Antecedentes: RG 1.196

Normas modificatorias

Normas complementarias

Resolución

 General N°

Boletín

  AFIP

B.O.

Resolución

 General N°

Boletín

  AFIP

B.O.
4.312 254 24/09/18      
4.481 262 14/05/19

3.728

262 14/05/19

 

8) Empresas de transporte de pasajeros por ómnibus concesionarias o peticionarias. Cómputo del gasoil como pago a cuenta. Contribuciones Patronales.

Antecedente: Ver RG 1.088. Derogada por Resolución General N° 4.313, Boletín N° 254 (AFIP), B.O. 24/09/18 (Vigencia a partir del 1° de marzo de 2018).

 

9) Empresas de transporte automotor internacional de carga. Impuesto sobre los combustibles líquidos contenido en las adquisiciones de gasoil. Cómputo como pago a cuenta en el impuesto al valor agregado. Solicitud de devolución del remanente.

Resolución General N° 1.759. Boletín N° 89 (AFIP), B.O. 27/10/07 (a)

(a) La derogación de la Resolución General N° 4.313, Boletín N° 254 (AFIP), B.O. 24/09/18 (a partir del 1° de marzo de 2018) fue dejada sin efecto por la Resolución General N° 4.532 Boletín N° 264 (AFIP). B.O. 26/07/2019.

 

       

   

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