MINISTERIO DE PRODUCCION - MINISTERIO DE HACIENDA

Resolución Conjunta N° 6/2017

ASUNTO

Resolución Conjunta 6-E/2017. MINISTERIO DE HACIENDA y al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN. Procedimiento para otorgar la Condonación dispuesta en el Artículo 116 bis de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014).

Fecha de emisión: 15/08/2017

B.O.: 22/08/2017

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Vigente



VISTO el Expediente N° EX-2017-16304917-APN-DMEYN#MHA, el Artículo 116 bis de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014), incorporado por el Artículo 79 de la Ley N° 27.341 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017, y el Decreto N° 651 de fecha 14 de agosto de 2017, y

CONSIDERANDO

Que en el Artículo 116 bis de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014), incorporado por el Artículo 79 de la Ley N° 27.341 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017, se prevé la condonación de las deudas de empresas beneficiarias del Régimen de Promoción Industrial de la Ley N° 22.021 y sus modificatorias, generadas hasta el período 2015 inclusive, por el usufructo de una cantidad de bonos de crédito fiscal superior a la originalmente reconocida, que hubiera sido acreditada en el marco de un proceso judicial con resultado final adverso a esas empresas.

Que mediante el Decreto N° 651 de fecha 14 de agosto de 2017 se encomendó al MINISTERIO DE HACIENDA y al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN establecer en forma conjunta el procedimiento para otorgar la condonación aludida.

Que en consecuencia, resulta necesario precisar el procedimiento a llevar a cabo para acreditar el cumplimento de las obligaciones previstas en los actos particulares de concesión de beneficios por parte de las empresas beneficiarias y de los demás recaudos exigidos por la normativa aplicable a los fines de acceder a la condonación.

Que los Servicios Jurídicos pertinentes han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo establecido en el Decreto N° 651/17.

Por ello,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y EL MINISTRO DE PRODUCCIÓN

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Procedimiento para otorgar la Condonación dispuesta en el Artículo 116 bis de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014), incorporado por el Artículo 79 de la Ley N° 27.341 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017, que como Anexo (IF-2017-17146235-APN-MP) forma parte integrante de la presente resolución.


ARTÍCULO 2°.- La presente medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.


ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.


ANEXO

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FIRMANTES

Nicolas Dujovne

Francisco A. Cabrera

AFIP
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