DGI

Resolución General N° 2090/1978

ASUNTO

IMPUESTO A LAS GANANCIAS - Régimen de retenciones sobre rentas del trabajo personal en relación de dependencia - Resolución General N° 2045 - Artículo 5° - Importes a considerar durante el mes de noviembre de 1978.

Fecha de emisión: 13/10/1978

B.O.: 18/10/1978

Fe de Erratas: -

Estado de la Norma: Vigente



CONSIDERANDO

Que, en virtud de lo dispuesto por el artículo 25, tercer párrafo, de la Ley de Impuesto a las Ganancias (t.o. en 1977), corresponde actualizar mensualmente -con carácter provisorio- los importes a que se refieren los artículos 22, 23, 74 inciso b) y los tramos de la escala prevista en el artículo 83 de la misma, sobre la base de la variación del índice de precios al por mayor, nivel general.

Por ello, de acuerdo con la información suministrada por el Departamento de Estudios, lo aconsejado por el Departamento de Asuntos Técnicos y Jurídicos y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 7° de la Ley N° 11.683 (t.o. en 1974 y sus modificaciones),

EL DIRECTOR GENERAL (SUSTITUTO) DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

RESUELVE:

Artículo 1° - A los fines previstos en el artículo 5° de la Resolución General N° 2.045, para los pagos que se efectúen durante el transcurso del mes de noviembre del presente año, serán de aplicación los importes correspondientes a las deducciones a que se refieren los artículos 22, 23 y 74 inciso b), de la Ley de Impuesto a las Ganancias (t.o. en 1977), y los tramos de la escala contenida en el artículo 83 de la misma, que se consignan en planilla anexa a la presente, actualizados provisionalmente para el mes de octubre de 1978.


Art. 2° - Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.




FIRMANTES

Antonio Moure

AFIP
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