2° - Las diferencias que resulten entre las nuevas tasas la representada por los valores fiscales adheridos, serán declaradas por los responsables en el formulario N° 7253 (nuevo modelo) que se presentará mensualmente con la declaración jurada respectiva y abonadas dentro del cuarto mes siguiente al del expendio mediante depósito de su importe en el Banco de la Nación Argentina, en la cuenta "Impuestos Internos Nacionales" a la orden de esta Dirección, comunicando su pago en el formulario 7248 (nuevo modelo). Dicha declaración se presentará por cada establecimiento inscripto, ante la Agencia o Distrito que corresponda a la jurisdicción del domicilio del declarante debiendo los responsables inscriptos en jurisdicción de la Capital Federal hacerlo en la Delegación Regional N° 5 Central de Impuestos Internos e Impuestos Varios, División Verificaciones.