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Resolución General ANA N° 5107/1980

09 de Diciembre de 1980

Estado de la Norma: Vigente


DATOS DE PUBLICACIÓN

Boletín ANA N° 245, 1980

ASUNTO

RESOLUCION N° 5107/80 (RGIMTA) - Normas de aplicación para la importación de automotores - Aprobación de formulario y modelo de solicitud.

Expandir GENERALIDADES


Contraer TEMA

ANA-IMPORTACIONES-BIENES IMPORTADOS -IMPORTACION DE AUTOMOTORES -FRANQUICIA PARA DISCAPACITADOS -DOCUMENTACION DEL AUTOMOTOR

Contraer VISTO

VISTO la normativa aduanera referida a automotores, y

Contraer CONSIDERANDO

Que es necesario, actualizar y unificar las normas relativas al tema en trato;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 4° de la Ley de Aduana (t.o. en 1962) y sus modificaciones;

Referencias Normativas:

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE ADUANAS

RESUELVE:


Contraer Artículo 1:

ARTICULO 1° - Aprobar el Indice Temático detallado en el Anexo I de la presente y las normas de aplicación atinentes a automotores de importación que ilustran los Anexos II al VIII que también forman parte integrante de la presente resolución.

Contraer Artículo 2:

ARTICULO 2° - Aprobar el formulario OM-1781 - Solicitud de Retiro de Automotores- y el modelo de solicitud para el patentamiento de motocicletas, indicados en los Anexos VII y VIII de la presente.

Contraer Artículo 3:

ARTICULO 3° - Derogar las Resoluciones Nros.: 2711/77 (C.I. N° 34/77), 3006/77 (BANA N°164/77), 3528/77 (C.I. N° 44/77), 604/79 (BANA N° 29/79), 4451/79 (BANA N° 215/79), 2923/80 (BANA N° 142/80) Y 3166/80 (BANA N° 150/80).

Deroga a:

Contraer Artículo 4:

ARTICULO 4° - Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial y en el de esta Administración Nacional. Cumplido, archívese.


Contraer ANEXO I "B" SEGUN RESOLUCION N° 1568/92

ANEXO I "B"

INDICE TEMATICO

ANEXO II - Importación de Automotores por el Decreto Nro. 25/70.

ANEXO III- Importación de Automotores, Motociclos y Velocípedos usados.

ANEXO IV - Formu

Expandir Anexo ANEXO I "A" SEGUN RESOLUCION N° 1972/90 ANEXO I "A" SEGUN RESOLUCION N° 1972/90 :

Expandir Anexo ANEXO I RESOLUCION N°5107/80 ANEXO I RESOLUCION N°5107/80 :

Contraer ANEXO II RESOLUCION N°5107/80

ANEXO II

AUTOMOTORES IMPORTADOS POR DECRETO N° 25/70

Su nacionalización con una antelación de treinta (30) días estimados al cese de funciones.

1.- Se autorizará con una antelación de hasta treinta (30) días hábiles, la iniciación de los trámites de nacionalización de los automóviles pertenecientes a funcionarios extranjeros acreditados en la República, que abandonan el país por haber cesado en sus funciones.

2.- La facilidad establecida en el apartado 1 se acordará cuando medie certificación extendida por la Dirección Nacional de Ceremonial, que acredite que el diplomático titular del vehículo, cesará en sus funciones en el país por traslado.

3.- La Dirección Nacional de Ceremonial deberá oficiar a esta Administración indicando la fecha de cese de funciones, a efectos de tener por normalizado la nacionalización del vehículo.

4.- La dependencia aduanera interviniente en la nacionalización, observará el estricto cumplimiento de lo establecido, extendiendo certificado de patentamiento y circulación provisorio, interín la Dirección Nacional de Ceremonial acredite el cumplimiento de la formalidad exigida en el apartado 1.

Contraer ANEXO III "A" SEGUN RESOLUCION N° 1568/92

ANEXO III "A"

IMPORTACION DE AUTOMOTORES, MOTOCICLOS Y VELOCIPEDOS USADOS.

AUTOMOTORES

1 - Se define como automotor usado a aquel que haya rodado en la vía pública con una finalidad diferente a la de ensa

Expandir Anexo ANEXO III RESOLUCION N°5107/80 ANEXO III RESOLUCION N°5107/80 :

Contraer ANEXO IV "A" SEGUN RESOLUCION N° 1568/92

Visualizar Anexo IV "A" (Hoja 1 ,Hoja 2)

Expandir Anexo ANEXO IV RESOLUCION N°5107/80 ANEXO IV RESOLUCION N°5107/80 :

Contraer ANEXO V "B" SEGUN RESOLUCION N° 1972/90

ANEXO V "B"

NORMAS PARA LA TRAMITACION Y ENTREGA DE LOS CERTIFICADOS PARA PATENTAR AUTOMOTORES Y MOTOCICLETAS IMPORTADOS

1.-CONFECCION

La confección de los certificados será efectuada por los

Expandir Anexo ANEXO V RESOLUCION N°5107/80 ANEXO V RESOLUCION N°5107/80 :

Contraer ANEXO VI "A" SEGUN RESOLUCION N° 1568/92

ANEXO VI "A"

SEMIRREMOLQUES SIN TRACCION PROPIA

A los fines de la inscripción en los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios, de vehículos semirremolques sin tracción propia, se p

Expandir Anexo ANEXO VI RESOLUCION N°5107/80 ANEXO VI RESOLUCION N°5107/80 :

Contraer ANEXO VII "A" SEGUN RESOLUCION N° 1568/92

ANEXO VII "A"

................

Lugar y Fecha

ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS

El que suscribe ..

Expandir Anexo ANEXO VII RESOLUCION N°5107/80 ANEXO VII RESOLUCION N°5107/80 :

Contraer ANEXO VIII SEGUN RESOLUCION N° 1568/92

(Nota de Redacción: anexo derogado por el artículo 7 de la RG ANA Nº 1568/ 1980)

Expandir Anexo ANEXO VIII RESOLUCION N°5107/80 ANEXO VIII RESOLUCION N°5107/80 :

Contraer ANEXO IX SEGUN RESOLUCION N° 1568/92

(Nota de Redacción: anexo derogado por el artículo 7 de la RG ANA Nº 1568/ 1980)

Expandir Anexo Anexo IX según Resolución ANA N°1972/90 Anexo IX según Resolución ANA N°1972/90 :

Contraer ANEXO VIII "A" SEGUN RESOLUCION N° 1568/92

Visualizar Anexo VIII A

Expandir Anexo Anexo X según Resolución ANA N°1972/90 Anexo X según Resolución ANA N°1972/90 :


FIRMANTES

Juan Carlos Martínez