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Resolución General DGI N° 3362/1991

23 de Mayo de 1991

Estado de la Norma: Vigente


DATOS DE PUBLICACIÓN

Boletín Oficial: 24 de Mayo de 1991

Boletín DGI N° 451, Julio de 1991, página 634

ASUNTO

IMPUESTOS A LAS GANANCIAS - Personas físicas y sucesiones indivisas - Período fiscal 1990 - Vencimiento para la presentación de las declaraciones juradas

Expandir GENERALIDADES


Contraer TEMA

IMPUESTO A LAS GANANCIAS-PERSONAS FISICAS-SUCESION INDIVISA (TRIBUTARIO) -PRESENTACION DE DECLARACION JURADA IMPOSITIVA-PAGO DE TRIBUTOS -PRORROGA DEL PLAZO

Contraer CONSIDERANDO

Que razones de índole operativa hacen aconsejable extender únicamente el plazo fijado, con carácter general, para la presentación de los formularios de declaraciones juradas del impuesto a las ganancias, de las personas físicas y sucesiones indivisas, correspondientes al año fiscal 1990.

Que el dictado de la norma pertinente se realiza de acuerdo con lo aconsejado por las Direcciones Legislación y Programas y Normas de Recaudación, y en uso de las facultades acordadas por el artículo 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones.

Referencias Normativas:

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

RESUELVE:


Contraer Artículo 1:

Artículo 1 ° - La presentación de los formularios de declaraciones juradas del impuesto a las ganancias, correspondientes al año fiscal 1990, por parte de las personas físicas y sucesiones indivisas, podrá efectuarse hasta el día 14/6/91, inclusive, ello sin perjuicio del pago de los saldos a favor del Fisco que resulten de los mismos, los que deberán ingresarse dentro de los plazos fijados por la Resolución General N° 2509 y sus modificaciones.

Textos Relacionados:

Contraer Artículo 2:

Art. 2°- Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro oficial y archívese.


FIRMANTES

Ricardo Cossio