14 de Enero de 1991
Estado de la Norma: Derogada
DATOS DE PUBLICACIÓN
Boletín Oficial: 17 de Enero de 1991
Boletín DGI N° 447, Marzo de 1991, página 146
ASUNTO
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO - Ley N° 23349 Artículo 1° y sus modificaciones - Resolución General N° 3125 y sus modificaciones - Artículo 11 - Registro especial - Nómina de empresas comprendidas
GENERALIDADES
TEMA
IVA-RESPONSABLES INSCRIPTOS-PAGO DE TRIBUTOS -PAGO A CUENTA DEL IMPUESTO-PERCEPCION DE IMPUESTOS -YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES-ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS -OBRAS SANITARIAS-AEROLINEAS ARGENTINAS-ENTEL -AGUA Y ENERGIA ELECTRICA SOCIEDAD DEL ESTADO -FERROCARRILES ARGENTINOS-GAS DEL ESTADO-HIDRONOR-SEGBA -YACIMIENTOS CARBONIFEROS FISCALES-ELMA-ENCOTEL
VISTO
VISTO el artículo 15 de la Resolución General N° 3.125 y sus modificaciones,
Referencias Normativas:
CONSIDERANDO
Que corresponde informar las empresas que se encuentran comprendidas en el régimen especial de ingreso de impuesto al valor agregado regido por la misma.
Por ello, de acuerdo con lo aconsejado por la Dirección Legislación y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones,
Referencias Normativas:
EL DIRECTOR DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
RESUELVE:
Artículo 1:
Artículo 1° - De acuerdo con lo previsto por el artículo 15 de la Resolución General N° 3.125 y sus modificaciones, se encuentran comprendidas en el régimen especial de ingreso del impuesto al valor agregado instrumentado por dicha norma la empresa AEROLINEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA (C.U.I.T. 30-641140555-4).
Textos Relacionados:
Artículo 2:
Art. 2° - Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
FIRMANTES
Ricardo Cossio