31 de Agosto de 1990
Estado de la Norma: Derogada
DATOS DE PUBLICACIÓN
Boletín Oficial: 05 de Septiembre de 1990
Boletín DGI N° 437, Mayo de 1990, página 440
ASUNTO
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. Resolución General N° 3.125 y sus modificaciones. Régimen especial de ingreso. Actualización de importes para el tercer cuatrimestre de 1990.
GENERALIDADES
TEMA
IVA-RESPONSABLES INSCRIPTOS-PAGO DE TRIBUTOS -PAGO A CUENTA DEL IMPUESTO-PROVEEDOR-PERCEPCION DE IMPUESTOS -YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES-ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS -OBRAS SANITARIAS-AEROLINEAS ARGENTINAS-ENTEL -AGUA Y ENERGIA ELECTRICA SOCIEDAD DEL ESTADO -FERROCARRILES ARGENTINOS-GAS DEL ESTADO-HIDRONOR-SEGBA -YACIMIENTOS CARBONIFEROS FISCALES-ELMA-ENCOTEL
CONSIDERANDO
Que la Resolución General N° 3.125 y sus modificaciones prevé la actualización por cuatrimestre calendario del importe fijado en su artículo 4°, cuarto párrafo, a efectos de establecer el monto a partir del cual precederá la aplicación del régimen especial del ingreso del impuesto al valor gregado, creado por la citada norma.
Por ello, de acuerdo con lo aconsejado por las Direcciones Legislación y Estudios, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones, y por el artículo 23, último párrafo, de la Ley N° 23.349, artículo 1° y sus modificaciones,
EL DIRECTOR DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
RESUELVE:
Referencias Normativas:
Artículo 1:
Artículo 1° - A los efectos previstos en el último párrafo del artículo 4° de la Resolución General N° 3.125 y sus modificaciones, fíjase en doscientos diez mil australes (A 210.000.-) el importe establecido en el cuarto párrafo de la citada norma, con vigencia para el tercer cuatrimestre calendario del año 1990.
Textos Relacionados:
Artículo 2:
Art. 2° - Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.