12 de Junio de 1990
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Boletín Oficial: 19 de Junio de 1990
Boletín DGI N° 437, Mayo de 1990, página 440
ASUNTO
PROCEDIMIENTO - Decreto N° 435/90 - Resolución General N° 3.143 y su modificatoria - Formulario N° 442 - Su presentación
GENERALIDADES
TEMA
PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO-OBLIGACION TRIBUTARIA -DECLARACION JURADA IMPOSITIVA -PRESENTACION DE DECLARACION JURADA IMPOSITIVA-CONTRIBUYENTES -RESPONSABLES -
CONSIDERANDO
Que a los fines de coadyuvar al cumplimiento de la obligación que fuera impuesta por el artículo 4° de la Resolución General N° 3.143 y su modificatoria a los contribuyentes y responsables alcanzados por el artículo 37 del Decreto N° 435/90, modificado por el Decreto N° 612/90, se estima necesario extender el plazo fijado para la presentación del formulario de declaración jurada N° 442, respecto de la información a suministrar por el primer trimestre sujeto al aludido régimen.
Por ello, de acuerdo con lo aconsejado por la Dirección Legislación y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones,
Referencias Normativas:
DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
RESUELVE:
Artículo 1:
Artículo 1° - A los efectos del cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 4° de la Resolución General N° 3.143 y su modificatoria, se considerarán efectuadas en término hasta el día 27 de julio de 1990, inclusive, las presentaciones del formulario de declaración jurada N° 442, que los contribuyentes y responsables realicen por el primer trimestre a informar.
Textos Relacionados:
Artículo 2:
Artículo 2° - Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
FIRMANTES
Ricardo Cossio