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Resolución General DGI N° 2611/1986

21 de Mayo de 1986

Estado de la Norma: Vigente


DATOS DE PUBLICACIÓN

Boletín Oficial: 26 de Mayo de 1986

Boletín DGI N° 389, Mayo de 1986, página 509

ASUNTO

IMPUESTO A LAS GANANCIAS - Personas físicas y sucesiones indivisas - Presentación de declaraciones juradas - Periodo fiscal 1985 - Resolución General N° 2.509.

Expandir GENERALIDADES


Contraer TEMA

IMPUESTO A LAS GANANCIAS-DECLARACION JURADA IMPOSITIVA -PRESENTACION DE DECLARACION JURADA IMPOSITIVA-PERSONAS FISICAS -SUCESION INDIVISA (TRIBUTARIO)

Contraer CONSIDERANDO

Que mediante el dictado de la Resolución General N° 2.509, se establecieron las fechas de vencimiento general a observar por parte de las personas físicas y sucesiones indivisas, contribuyentes del Impuesto a las Ganancias.

Que, atendiendo a razones de administración tributaria y a los fines de posibilitar a los aludidos sujetos el cumplimiento eficiente de la obligación relativa a la presentación de sus declaraciones juradas correspondientes al período fiscal 1985, resulta conveniente disponer un plazo especial para aquellos casos en que no se determine impuesto o saldo a ingresar.

Por ello, de acuerdo con lo aconsejado por las Direcciones Asuntos Técnicos y Jurídicos, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones,

Referencias Normativas:

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

RESUELVE:


Contraer Artículo 1:

Artículo 1° - Las presentaciones que con relación al período fiscal 1985, efectúen los sujetos mencionados en el artículo 1° de la Resolución General N° 2.509, se considerarán realizadas en término hasta el 16 de junio de 1986, inclusive, en todos aquellos casos en que no se determine impuesto o saldo a ingresar.

Textos Relacionados:

Contraer Artículo 2:

Art. 2° - Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.


FIRMANTES

Carlos Marcelo Da Corte