14 de Mayo de 1986
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Boletín Oficial: 21 de Mayo de 1986
Boletín DGI N° 389, Mayo de 1986, página 507
ASUNTO
IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO NETO - Artículo 14 de la ley del gravamen - Periodo fiscal 1985 - Fecha de vencimiento - Resolución General N° 2.594, su derogación.
GENERALIDADES
TEMA
IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO NETO-OBLIGACION TRIBUTARIA -PERCEPCION DE IMPUESTOS-SUJETOS IMPONIBLES
CONSIDERANDO
Que es criterio permanente de este Organismo el facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. Que en tal sentido se estima conveniente modificar la fecha de vencimiento para que los responsables comprendidos en el artículo 14 de la Ley de Impuesto sobre el Patrimonio Neto, texto ordenado en 1977 y sus modificaciones, procedan a cumplimentar las formalidades de presentación y pago respectivos por el período fiscal 1985.
Por ello, de acuerdo con lo aconsejado por la Dirección Asuntos Técnicos y Jurídicos y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones,
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
RESUELVE:
Artículo 1:
Artículo 1° - Los sujetos mencionados en el artículo 14 de la Ley de Impuesto sobre el Patrimonio Neto, texto ordenado en 1977 y sus modificaciones, deberán cumplimentar la correspondiente presentación e ingreso del impuesto determinado por el período fiscal 1985, hasta el día 23 de junio de 1986, inclusive.
Artículo 2:
Art. 2° - Derógase desde su entrada en vigencia la Resolución General N° 2.594.
Deroga a:
Artículo 3:
Art. 3° - Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
FIRMANTES
Carlos Marcelo Da Corte