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Resolución General DGI N° 2514/1985

11 de Enero de 1985

Estado de la Norma: Vigente


DATOS DE PUBLICACIÓN

Boletín Oficial: 16 de Enero de 1985

Boletín DGI N° 373, Enero de 1985, página 66

ASUNTO

IMPUESTOS VARIOS. Ley N° 23.056. Programa alimentario nacional. Normas complementarias. Resolución General N° 2.473. Su modificación.

Expandir GENERALIDADES


Contraer TEMA

DONACION-PAGO EN ESPECIE-PLAN ALIMENTARIO NACIONAL

Contraer CONSIDERANDO

Que mediante los preceptos del Decreto N° 3.611/84 se han introducido modificaciones al Decreto Reglamentario, texto ordenado en 1979 y sus modificaciones, de la Ley de Impuesto a las Ganancias.

Que las referidas modificaciones reglan lo relativo a la valuación de donaciones en especie, atendiendo en particular a aquellas destinadas al Programa Alimentarlo Nacional instituido por. la Ley N° 23.056.

Que en consecuencia se hace necesario adecuar las normas que oportunamente fueron establecidas sobre dicho tema por la Resolución General N° 2.473, a fin de; compatibilizar las mismas con el nuevo método de valuación dispuesto por el Decreto N° 3.611/84.

Que asimismo se estima oportuno precisar las pautas relativas a la actualización de los importes correspondientes a los bienes objeto de las donaciones computables.

Por ello, atento lo aconsejado por la Dirección Asuntos Técnicos y Jurídicos, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones, y el artículo 11 del Decreto N° 908/84,

Referencias Normativas:

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

RESUELVE:


Contraer Artículo 1:

Artículo 1° - Modifícase, desde su vigencia, la Resolución General, la situación referida a continuación se indica:

Sustitúyese el artículo 3°, por el siguiente:

"Art. 3° - Cuando se efectúen donaciones en especie -bienes o servicios- la valuación de las mismas se efectuará, aplicando, a partir de la vigencia de la Ley N° 23.056, las normas del segundo párrafo del artículo 105 y del artículo incorporado a continuación del 153, ambos del Decreto Reglamentario, texto ordenado en 1979 y sus modificaciones, de la Ley de Impuesto a las Ganancias."

"En los casos en que resulte procedente la actualización de valores la misma se practicará de acuerdo con la tabla de coeficientes de actualización de valores que mensualmente publica esta Dirección General Impositiva, aplicable para el Impuesto sobre los Capitales , en el mes en que se produzca o se hubiera producido la donación."

Modifica a:

Contraer Artículo 2:

Art. 2° - Acuérdase un plazo de treinta (30) días para que los contribuyentes respectivos regularicen, con arreglo a lo dispuesto en la presente Resolución General, la situación referida a donaciones en especie efectuadas con destino al Programa Alimentario Nacional, hasta la fecha de vigencia de la presente.

Contraer Artículo 3:

Art. 3° - Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.


FIRMANTES

Carlos Ludovico Grimmer