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Resolución General DGI N° 2096/1978

23 de Octubre de 1978

Estado de la Norma: Vigente


DATOS DE PUBLICACIÓN

Boletín Oficial: 26 de Octubre de 1978

Boletín DGI N° 300, Diciembre de 1978, página 622

ASUNTO

IMPUESTO A LAS GANANCIAS Y SOBRE LOS CAPITALES - Régimen de Anticipos - Factores de corrección correspondientes al mes de noviembre de 1978

Expandir GENERALIDADES


Contraer TEMA

IMPUESTO A LAS GANANCIAS-IMPUESTO SOBRE LOS CAPITALES -ANTICIPOS IMPOSITIVOS-INDICES DE ACTUALIZACION-ANTICIPOS IMPOSITIVOS

Contraer VISTO

VISTO las Resoluciones Generales Nos. 1787 y 1878, modificada por las Resoluciones Generales Nos. 1902 y 2024, que establecen los regímenes de anticipos correspondientes a los Impuestos a las Ganancias y sobre los Capitales respectivamente, y

Referencias Normativas:

Contraer CONSIDERANDO

Que, en virtud de lo dispuesto por el inciso c) del artículo 2° de la Resolución General N° 1.787 y por el segundo párrafo del artículo 2° de la Resolución General N° 1.878, modificada por las Resoluciones Generales Nos. 1.902 y 2.024, se hace necesario establecer los factores de corrección para calcular los anticipos cuyos vencimientos deben operarse en el mes de noviembre de 1978, referidos a los ejercicios fiscales anteriores.

Por ello, de acuerdo con la información suministrada por el Departamento de Estudios, lo aconsejado por el Departamento de Asuntos Técnicos y Jurídicos y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 7° de la Ley N° 11.683 (t.o. en 1974 y sus modificaciones),

Referencias Normativas:

EL DIRECTOR GENERAL (SUSTITUTO) DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

RESUELVE:


Contraer Artículo 1:

Artículo 1° - A efectos de lo dispuesto por las Resoluciones Generales Nos. 1.787 y 1.878, modificada por las Resoluciones Generales Nos. 1.902 y 2.024, se establecen los siguientes factores de corrección para calcular los anticipos cuyos vencimientos deben operarse en el mes de noviembre de 1978. referidos a los impuestos y ejercicios fiscales anteriores, que para cada caso se mencionan:

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Cierre de

ejercicio anterior Anticipo Coeficiente

Diciembre 1977 3° 2,8029

Febrero 1978 2° 2,4171

Abril 1978 1° 2,0705

IMPUESTO SOBRE LOS CAPITALES

Cierre de

ejercicio anterior Anticipo Coeficiente

Enero 1978 3° 2,0185

Marzo 1978 2° 2,0185

Mayo 1978 1° 1,6297

Textos Relacionados:

Contraer Artículo 2:

Art. 2° - Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.


FIRMANTES

Antonio Moure