09 de Enero de 1978
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Boletín Oficial: 12 de Enero de 1978
Boletín DGI N° 290, Febrero de 1978, página 199
ASUNTO
IMPUESTOS INTERNOS - Tabacos (excepto cigarrillos) - Resolución General N° 1.988 - Modifícase entrada en vigencia.
GENERALIDADES
TEMA
IMPUESTOS INTERNOS-TABACOS-VIGENCIA DE LA LEY
CONSIDERANDO
La Nota N° 14 de la Secretaría de Estado de Hacienda por la que dispone se modifique la fecha de entrada en vigencia de la Resolución General N° 1.988 para los responsables del Impuesto Interno a los Tabacos (excepto cigarrillos).
Por ello y lo informado por los Departamentos de Asuntos Técnicos y Jurídicos y de Recaudación, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 7° de la Ley N° 11.683 (t. o. en 1974 y sus modificaciones).
Referencias Normativas:
EL DIRECTOR GENERAL (SUSTITUTO) DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
RESUELVE:
Artículo 1:
ARTICULO 1° - Modifícase la entrada en vigencia de la Resolución General N° 1.988 para el pago del Impuesto Interno a los Tabacos (excepto cigarrillos). La misma comenzará a regir para las operaciones que se realicen a partir del 1° de junio de 1978.
Textos Relacionados:
Artículo 2:
ARTICULO 2° - Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
FIRMANTES
Antonio Moure