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Resolución General DGI N° 1869/1977

28 de Enero de 1977

Estado de la Norma: Vigente


DATOS DE PUBLICACIÓN

Boletín Oficial: 04 de Febrero de 1977

Boletín DGI N° 278, Febrero de 1977, página 204

ASUNTO

IMPUESTO A LAS GANANCIAS - Rentas del trabajo personal en relación de dependencia - Retenciones - Ajuste año 1976

Expandir GENERALIDADES


Contraer TEMA

IMPUESTO A LAS GANANCIAS-GANANCIAS DE LA CUARTA CATEGORIA-RETENCIONES IMPOSITIVAS-ACTUALIZACION MONETARIA

Contraer VISTO

VISTO lo dispuesto por la Secretaría de Estado de Hacienda, y

Contraer CONSIDERANDO

Que a efectos de paliar la incidencia del ajuste por el período fiscal 1976 a practicar por los agentes de retención conforme al artículo 3° de la Resolución General N° 1.685, resulta conveniente disponer su retención e ingreso en tres cuotas mensuales difiriendo, además, el vencimiento para la presentación de la declaración jurada que aquéllos deben formular por dicho año.

Por ello, de acuerdo con lo informado por el Departamento de Asuntos Técnicos y Jurídicos, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 5° y 7° de la Ley N° 11.683 (t. o. en 1974 y sus modificaciones) y por la Resolución N° 79/76 de la Secretaría de Estado de Hacienda,

Referencias Normativas:

EL DIRECTOR GENERAL (SUSTITUTO) DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

RESUELVE:


Contraer Artículo 1:

Derogado por:

Expandir Artículo 1 Texto original según RG DGI Nº 1869/1977:

Contraer Artículo 2:

ARTICULO 2° - Fíjase el 30 de abril de 1977 como fecha de vencimiento para la presentación de los Formularios Nos. 284 y 284/Cont. referentes a las remuneraciones del año 1976.

Textos Relacionados:

Contraer Artículo 3:

ARTICULO 3° - Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.


FIRMANTES

Antonio Moure