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Resolución General AFIP N° 261/1998

12 de Noviembre de 1998

Estado de la Norma: Derogada


DATOS DE PUBLICACIÓN

Boletín Oficial: 16 de Noviembre de 1998

Boletín AFIP N° 17, Diciembre de 1998, página 2092

ASUNTO

IMPUESTO SOBRE LOS COMBUSTIBLES LIQUIDOS. Ley N° 23.966, Título III de Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y el Gas Natural, texto ordenado en 1998. Resolución General N° 193 y sus complementarias. Artículo 6°. Resolución General N° 217 y sus complementarias. Norma complementaria.

Expandir GENERALIDADES


Contraer TEMA

IMPUESTO SOBRE LOS COMBUSTIBLES LIQUIDOS Y EL GAS NATURAL -SOLVENTE -AGUARRAS-NAFTA VIRGEN -GASOLINA NATURAL -COMERCIALIZACION -ADQUIRENTES EXENTOS -REGIMEN DE EMPADRONAMIENTO

Contraer VISTO

VISTO el artículo 6° de la Resolución General N° 193 y sus complementarias y la Resolución General N° 217 y sus complementarias, y

Referencias Normativas:

Contraer CONSIDERANDO

Que este Organismo debe publicar la nómina de los responsables que, en razón de haber cumplido con los requisitos exigidos por la Resolución General N° 193 y sus complementarias, se encuentran beneficiados por la exención prevista en el inciso c) del artículo 7° de la Ley N° 23.966, Título III de Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y el Gas Natural, texto ordenado en 1998.

Que, asimismo, corresponde incluir en la nómina de los responsables que actúen con carácter de adquirentes exentos del gravamen informada por la Resolución General N° 217 y sus complementarias, la denominación y la Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), así como la fecha hasta la cual tendrá validez la acreditación de tal condición, de una empresa que observó en tiempo y forma el empadronamiento dispuesto por la Resolución General N° 193 y sus complementarias.

Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y de Programas y Normas de Fiscalización.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618 de fecha 10 de julio de 1997.

Referencias Normativas:

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:


Contraer Artículo 1:

ARTICULO 1°.- De acuerdo con lo previsto por el artículo 6° de la Resolución General N° 193 y sus complementarias se considera, asimismo, incorporada a la nómina de los responsables publicada mediante la Resolución General N° 217 y sus complementarias- que dieron cumplimiento a los requisitos y condiciones establecidos para su empadronamiento como adquirentes exentos, hasta el día 30 de septiembre de 1999, inclusive, a la empresa que se indica seguidamente:

A ADQUIRENTES DE SOLVENTES ALIFATICOS Y AROMATICOS, Y AGUARRAS:

RESOLUCION GENERAL N° 193 Y SUS COMPLEMENTARIAS

ARTICULO 6°, PRIMER PARRAFO

VIGENCIA: HASTA EL 30/09/99, INCLUSIVE

CUIT APELLIDO Y NOMBRE, DENOMINACI@N Y/O RAZON SOCIAL

30-55447720-4 N. MARZANO S.A.

Modifica a:

Textos Relacionados:

Contraer Artículo 2:

ARTICULO 2°.- Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.


FIRMANTES

Carlos Alberto Silvani