21 de Diciembre de 2011
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Fecha de Promulgación: 27 de Diciembre de 2011
Boletín Oficial: 28 de Diciembre de 2011
ASUNTO
Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2013 la vigencia de la Ley Nº 26.204.
GENERALIDADES
TEMA
PRORROGA DEL PLAZO-EMERGENCIA ECONOMICA-EMERGENCIA SANITARIA-EMERGENCIA OCUPACIONAL
VISTO
CONSIDERANDO
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
SANCIONA:
Artículo 1:
ARTICULO 1º - Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2013 la vigencia de la Ley 26.204 prorrogada por sus similares 26.339, 26.456 y 26.563.
Textos Relacionados:
Artículo 2:
ARTICULO 2º - La presente ley entrará en vigencia a partir del 1º de enero de 2012.
Artículo 3:
ARTICULO 3º - Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE.
PROMULGACIÓN
Decreto 260/2011
Promúlgase la Ley Nº 26.729
Bs. As., 27/12/2011
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación N° 26.729, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
- FERNANDEZ DE KIRCHNER. - Juan M. Abal Medina. - Hernán G. Lorenzino.
FIRMANTES
Amado Boudou
Gervasio Bozzano
JULIAN A. DOMINGUEZ
Juan H. Estrada