10 de Diciembre de 2008
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Fecha de Promulgación: 10 de Diciembre de 2008
Boletín Oficial: 16 de Diciembre de 2008
ASUNTO
Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2009 la vigencia de la Ley Nº 26.204.
GENERALIDADES
TEMA
PRORROGA DEL PLAZO-EMERGENCIA PÚBLICA
VISTO
CONSIDERANDO
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
SANCIONA:
Artículo 1:
ARTICULO 1º - Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2009 la vigencia de la Ley 26.204, prorrogada por su similar 26.339.
Textos Relacionados:
Artículo 2:
ARTICULO 2º - La presente ley entrará en vigencia a partir del 1º de enero de 2009.
Artículo 3:
ARTICULO 3º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO.
PROMULGACION
Decreto 2145/2008
Promúlgase la Ley Nº 26.456.
Bs. As., 15/12/2008
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación Nº 26.456 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - FERNANDEZ DE KIRCHNER. - Sergio T. Massa. - Julio M. De Vido.
FIRMANTES
EDUARDO A. FELLNER
Enrique Hidalgo
JOSE J. B. PAMPURO
Juan H. Estrada