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Ley N° 26456

10 de Diciembre de 2008

EMERGENCIA PUBLICA

Estado de la Norma: Vigente


DATOS DE PUBLICACIÓN

Fecha de Promulgación: 10 de Diciembre de 2008

Boletín Oficial: 16 de Diciembre de 2008

ASUNTO

Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2009 la vigencia de la Ley Nº 26.204.

Expandir GENERALIDADES


Contraer TEMA

PRORROGA DEL PLAZO-EMERGENCIA PÚBLICA

Contraer VISTO

Contraer CONSIDERANDO

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

SANCIONA:


Contraer Artículo 1:

ARTICULO 1º - Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2009 la vigencia de la Ley 26.204, prorrogada por su similar 26.339.

Textos Relacionados:

Contraer Artículo 2:

ARTICULO 2º - La presente ley entrará en vigencia a partir del 1º de enero de 2009.

Contraer Artículo 3:

ARTICULO 3º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO.


Contraer Decreto 2145/2008

Promúlgase la Ley Nº 26.456.

Bs. As., 15/12/2008

POR TANTO:

Téngase por Ley de la Nación Nº 26.456 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

- FERNANDEZ DE KIRCHNER. - Sergio T. Massa. - Julio M. De Vido.


FIRMANTES

EDUARDO A. FELLNER

Enrique Hidalgo

JOSE J. B. PAMPURO

Juan H. Estrada