CAPITAL FEDERAL
12 de Diciembre de 2007
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Fecha de Promulgación: 03 de Enero de 2008
Boletín Oficial: 04 de Enero de 2008
Boletín AFIP N° 127, Febrero de 2008, página 207
ASUNTO
EMERGENCIA PUBLICA - Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2008 la vigencia de la Ley Nº 26.204.
GENERALIDADES
TEMA
EMERGENCIA ECONOMICA-PRORROGA DEL PLAZO
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
SANCIONA:
Artículo 1:
ARTICULO 1º - Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2008 la vigencia de la Ley Nº 26.204.
Textos Relacionados:
Artículo 2:
ARTICULO 2º - La presente ley entrará en vigencia a partir del 1º de enero de 2008.
Artículo 3:
ARTICULO 3º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SIETE.-REGISTRADA BAJO EL Nº 26.339
FIRMANTES
EDUARDO A. FELLNER. - JULIO C. C. COBOS. - Enrique Hidalgo. - Juan H. Estrada.