05 de Abril de 2006
Estado de la Norma: Derogada
DATOS DE PUBLICACIÓN
Fecha de Promulgación: 19 de Abril de 2006
Boletín Oficial: 21 de Abril de 2006
ASUNTO
Modificación de la Ley Nº 24.571. Decláranse días no laborales para quienes profesen la religión judía los días del Año Nuevo Judío, el día del Perdón y los dos primeros y los dos últimos de la Pascua Judía.
GENERALIDADES
TEMA
FERIADOS-TRABAJO-FESTIVIDADES JUDIAS
VISTO
CONSIDERANDO
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
SANCIONA:
Artículo 1:
ARTICULO 1º - Refórmese el artículo 1º de la Ley Nº 24.571, el que en lo sucesivo quedará redactado de la siguiente manera:
"Declárese días no laborales para todos los habitantes de la Nación Argentina que profesen la religión judía los días de Año Nuevo Judío (Rosh Hashana), dos (2) días, el día del Perdón (Iom Kipur), un (1) día y de la Pascua Judía (Pesaj) los dos (2) primeros días y los dos (2) últimos días."
Modifica a:
Artículo 2:
ARTICULO 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL SEIS.
PROMULGACION
Decreto Nº 470/2006
Bs. As., 19/4/2006
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación Nº 26.089 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
- KIRCHNER. - Alberto A. Fernández. - Aníbal D. Fernández.
FIRMANTES
ALBERTO E. BALESTRINI
Enrique Hidalgo
JOSE J. B. PAMPURO
Juan Estrada