15 de Agosto de 2002
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Fecha de Promulgación: 10 de Septiembre de 2002
Boletín Oficial: 11 de Septiembre de 2002
ASUNTO
Prorrógase el plazo previsto en el artículo 12 de la Ley N° 25.589.
GENERALIDADES
TEMA
SUBASTA-PRORROGA DEL PLAZO-JUICIO EJECUTIVO-EJECUCION EXTRAJUDICIAL-SUSPENSION DE LA SUBASTA
VISTO
CONSIDERANDO
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
SANCIONA:
Artículo 1:
ARTICULO 1° - Prorrógase por el plazo de noventa (90) días corridos el término previsto en el artículo 12 de la Ley 25.589.
Textos Relacionados:
Artículo 2:
ARTICULO 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DOS.
PROMULGACIÓN
Decreto 1785/2002
Bs. As., 10/9/2002
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación N° 25.640 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
— DUHALDE. — Alfredo N. Atanasof. — Juan J. Alvarez.
FIRMANTES
EDUARDO O. CAMAÑO
Eduardo D. Rollano
JUAN C. MAQUEDA
Juan C. Oyarzún