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Ley N° 25082

16 de Diciembre de 1998

IMPUESTOS

Estado de la Norma: Vigente


DATOS DE PUBLICACIÓN

Fecha de Promulgación: 18 de Enero de 1999

Boletín Oficial: 20 de Enero de 1999

ASUNTO

Establécese que, se distribuirá conforme a lo establecido en la Ley N° 23.548 y sus disposiciones complementarias y modificatorias, el producido del Impuesto sobre los Intereses Pagados y el Costo Financiero del Endeudamiento Empresario y del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta.

Expandir GENERALIDADES


Contraer TEMA

IMPUESTO SOBRE LOS INTERESES PAGADOS Y EL COSTO FINANCIERO DEL ENDEUDAMIENTO EMPRESARIO-IMPUESTO A LA GANANCIA MINIMA PRESUNTA-DISTRIBUCIÓN

Contraer VISTO

Contraer CONSIDERANDO

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

SANCIONA:


Contraer Artículo 1:

ARTICULO 1° - El producido del Impuesto sobre los Intereses Pagados y el Costo Financiero del Endeudamiento Empresario y del lmpuesto a la Ganancia Mínima Presunta, se distribuirá conforme a lo establecido en la Ley N° 23.548 y sus disposiciones complementarias y modificatorias.

Contraer Artículo 2 Texto vigente según LEY Nº 25570/2002:

Derogado por:

Expandir Artículo 2 Texto original según LEY Nº 25082/1998:

Contraer Artículo 3 Texto vigente según LEY Nº 25570/2002:

Derogado por:

Expandir Artículo 3 Texto original según LEY Nº 25082/1998:

Contraer Artículo 4:

ARTICULO 4° - Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y surtirán efecto desde el 1° de enero de 1999.

Contraer Artículo 5:

ARTICULO 5° - Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.


FIRMANTES

ALBERTO R. PIERRI

EDUARDO MENEM

Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo

Juan C. Oyarzún