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Ley N° 24919

09 de Diciembre de 1997

IMPUESTOS

Estado de la Norma: Vigente


DATOS DE PUBLICACIÓN

Fecha de Promulgación: 29 de Diciembre de 1997

Boletín Oficial: 31 de Diciembre de 1997

ASUNTO

Prorrógase la vigencia de la ley de impuesto a las ganancia, texto ordenado en 1997. Modificación de la Ley 24.699.

Expandir GENERALIDADES


Contraer TEMA

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Contraer VISTO

Contraer CONSIDERANDO

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:

SANCIONA:


Contraer Artículo 1:

ARTICULO 1º — Prorrógase hasta el día 31 de marzo del año 2000 la vigencia de la ley de impuesto a las ganancias, texto ordenado en 1997.

Contraer Artículo 2:

ARTICULO 2º — Sustitúyase en el texto de los artículos 2º, 3º, 4º y 5º de la ley 24.699 las fechas "31 de diciembre de 1998" por la fecha "31 de diciembre del año 1999".

Modifica a:

Contraer Artículo 3:

ARTICULO 3º — Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia a partir del 1º de enero de 1998, inclusive.

Contraer Artículo 4:

ARTICULO 4º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.


Contraer PROMULGACIÓN

Decreto 1435/97

Bs. As., 29/12/97

POR TANTO:

Téngase por Ley de la Nación Nº 24.919 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge A. Rodríguez. — Roque B. Fernández.


FIRMANTES

ALBERTO R. PIERRI

EDUARDO MENEM

Edgardo Piuzzi

Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo