29 de Diciembre de 1997
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Fecha de Promulgación: 29 de Diciembre de 1997
Boletín Oficial: 31 de Diciembre de 1997
ASUNTO
Impuesto a las ganancias. Modifícase la ley Nº 24.885.
GENERALIDADES
TEMA
IMPUESTO A LAS GANANCIAS-PRORROGA DEL PLAZO
VISTO
CONSIDERANDO
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:
SANCIONA:
Artículo 1:
ARTICULO 1º — Modifícase la Ley Nº 24.885 de la siguiente forma:
Incorpórase el siguiente artículo: “Las modificaciones introducidas por el artículo 1º del Capítulo I de la presente ley al artículo 88 de la Ley de Impuestos a las Ganancias, regirán a partir del 1º de enero de 1998”.
Textos Relacionados:
Incorpora a:
Artículo 2:
ARTICULO 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.
PROMULGACION
Decreto 1434/97
Bs. As., 29/12/97
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación Nº 24.917 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
— MENEM. — Jorge A. Rodríguez. — Roque B. Fernández.
FIRMANTES
ALBERTO R. PIERRI
EDUARDO MENEM
Edgardo Piuzzi
Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo