Imprimir esta página Imprimir
Contrae el contenido expandido en la norma Contraer
Expande el contenido contraído en la norma Expandir

Ley N° 24360

31 de Agosto de 1994

FERIADOS NACIONALES

Estado de la Norma: Derogada


DATOS DE PUBLICACIÓN

Fecha de Promulgación: 23 de Septiembre de 1994

Boletín Oficial: 30 de Septiembre de 1994

ASUNTO

Modificación del artículo 3° de la Ley N° 23.555.

Expandir GENERALIDADES


Contraer TEMA

TRABAJO-FERIADOS NACIONALES

Contraer VISTO

Contraer CONSIDERANDO

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:

SANCIONA:


Contraer Artículo 1:

ARTICULO 1° - Modificase el artículo 3° de la Ley N° 23.555 por el siguiente texto: "Se exceptúan de las disposiciones del artículo 1° los feriados nacionales correspondientes a Viernes Santo, 1° de Mayo, 25 de Mayo, 20 de Junio, 9 de Julio, 17 de Agosto, 25 de Diciembre y 1° de Enero".

 

Modifica a:

Contraer Artículo 2:

ARTICULO 2° - Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS TREINTA Y UN DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.

 


Contraer PROMULGACION

DECRETO 1667/94

Bs.As., 23/9/94

POR TANTO:

Téngase por Ley de la Nación N° 24.360, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. 

- MENEM - Carlos F. Ruckauf.


FIRMANTES

ALBERTO R. PIERRI

Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo

FAUSTINO MAZZUCCO

Juan José Canals