CAPITAL FEDERAL
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Fecha de Emisión: 19 de Diciembre de 2013
Boletín Oficial: 20 de Diciembre de 2013
ASUNTO
ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL - Decreto 357/2002. Modificación.
GENERALIDADES
TEMA
ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL-PRESIDENCIA DE LA NACION-SUBSECRETARIAS DE ESTADO-ENTES DESCENTRALIZADOS
VISTO
VISTO el Expediente Nº 51.740/2013 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias y el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 sus modificatorios y complementarios, y
Referencias Normativas:
CONSIDERANDO
Que a través de la ley citada en el Visto se establecieron los ministerios que conforman la organización de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL y sus competencias.
Que mediante el Decreto Nº 357/02, sus modificatorios y complementarios, se aprobó el organigrama de aplicación de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL centralizada hasta nivel de Subsecretaría y los objetivos de las unidades organizativas determinadas en dicho organigrama.
Que con el objeto de potenciar las acciones nacionales relativas a la defensa de los legítimos derechos de soberanía sobre las Islas Malvinas, Islas Georgias del Sur, Islas Sandwich del Sur y del espacio marítimo circundante, se considera oportuno la creación de la SECRETARIA DE ASUNTOS RELATIVOS A LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SANDWICH DEL SUR Y LOS ESPACIOS MARITIMOS CIRCUNDANTES EN EL ATLANTICO SUR con competencia específica en la materia.
Que la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION y la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS han tomado la intervención que le compete.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Referencias Normativas:
Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1:
Artículo 1° - Sustitúyese del Anexo I al Artículo 1° del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios -Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL- el Apartado XIII correspondiente al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, de conformidad con el detalle que se aprueba como Planilla Anexa al presente artículo.
Textos Relacionados:
Artículo 2:
Art. 2° - Incorpórase al Anexo II al Artículo 2° -Objetivos- del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, en el Apartado XIII, correspondiente al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, los objetivos de la SECRETARIA DE ASUNTOS RELATIVOS A LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SANDWICH DEL SUR Y LOS ESPACIOS MARITIMOS CIRCUNDANTES EN EL ATLANTICO SUR y de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS RELATIVOS A LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SANDWICH DEL SUR Y LOS ESPACIOS MARITIMOS CIRCUNDANTES EN EL ATLANTICO SUR, los que quedarán redactados de conformidad con el detalle obrante en la planilla que, como anexo al presente artículo, forma parte integrante de la presente medida.
Textos Relacionados:
Artículo 3:
Art. 3° - En un plazo de NOVENTA (90) días, el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO elevará los objetivos de las aperturas institucionales superiores -a nivel de Secretaría y Subsecretaría- y las aperturas estructurales de primer nivel operativo y adecuará las aperturas estructurales del segundo nivel operativo.
Artículo 4:
Art. 4° - Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a Subsecretaría, las que transitoriamente mantendrán las responsabilidades primarias, acciones y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles, grados de revista y funciones ejecutivas previstas en el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008.
Artículo 5:
Art. 5° - Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas por la presente medida serán atendidas con cargo a los créditos presupuestarios de la jurisdicción.
Artículo 6:
Art. 6° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Planilla Anexa al Artículo 1°
XIII.- MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES
SUBSECRETARIA DE POLITICA LATINOAMERICANA
SUBSECRETARIA DE POLITICA EXTERIOR
SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL
SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA
SECRETARIA DE CULTO
SUBSECRETARIA DE CULTO
SECRETARIA DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES
SUBSECRETARIA DE INTEGRACION ECONOMICA LATINOAMERICANA Y MERCOSUR
SUBSECRETARIA DE DESARROLLO DE INVERSIONES Y PROMOCION COMERCIAL
SUBSECRETARIA DE NEGOCIACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES
SECRETARIA DE ASUNTOS RELATIVOS A LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SANDWICH DEL SUR Y LOS ESPACIOS MARITIMOS CIRCUNDANTES EN EL ATLANTICO SURSUBSECRETARIA DE ASUNTOS RELATIVOS A LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SANDWICH DEL SUR Y LOS ESPACIOS MARITIMOS CIRCUNDANTES EN EL ATLANTICO SUR
Planilla Anexa al Artículo 2°
SECRETARIA DE ASUNTOS RELATIVOS A LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SANDWICH DEL SUR Y LOS ESPACIOS MARITIMOS CIRCUNDANTES EN EL ATLANTICO SUR.OBJETIVOS:
1.- Entender en los temas vinculados a las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SANDWICH DEL SUR Y LOS ESPACIOS MARITIMOS CIRCUNDANTES en el Atlántico Sur.
2.- Entender en la ejecución de las acciones de carácter bilateral y asistir al Ministro en las negociaciones bilaterales en el área de su competencia, coordinando su acción con las demás unidades competentes de la jurisdicción ministerial o fuera de ella.
3.- Diseñar estrategias y coordinar acciones desde el punto de vista de la política exterior en las relaciones con todos los países para la mejor defensa de los derechos e intereses argentinos sobre las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SANDWICH DEL SUR Y LOS ESPACIOS MARITIMOS CIRCUNDANTES en el Atlántico Sur y coordinar con las otras Secretarías del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, los diversos aspectos de la política exterior.
4.- Coordinar con la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES la defensa de los derechos e intereses argentinos sobre las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SANDWICH DEL SUR Y LOS ESPACIOS MARITIMOS CIRCUNDANTES en el Atlántico Sur en el ámbito multilateral.
5.- Entender en la difusión de los derechos argentinos sobre las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SANDWICH DEL SUR Y LOS ESPACIOS MARITIMOS CIRCUNDANTES en el Atlántico Sur.
6.- Entender en el desarrollo de las políticas y acciones que realiza el Consejo Consultivo sobre temas vinculados al Atlántico Sur (CASUR).
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS RELATIVOS A LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SANDWICH DEL SUR Y LOS ESPACIOS MARITIMOS CIRCUNDANTES EN EL ATLANTICO SUR.OBJETIVOS:
1.- Realizar las acciones necesarias para implementar las estrategias y políticas nacionales para la mejor defensa de los derechos e intereses argentinos en los temas vinculados a las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SANDWICH DEL SUR Y LOS ESPACIOS MARITIMOS CIRCUNDANTES en el Atlántico Sur.
2.- Coordinar la implementación de las acciones de carácter bilateral y asistir en las negociaciones bilaterales en el área de su competencia.
3.- Programar los objetivos y las estrategias en los distintos países para la mejor defensa de los derechos de soberanía argentinos sobre las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SANDWICH DEL SUR Y LOS ESPACIOS MARITIMOS CIRCUNDANTES en el Atlántico Sur.
4.- Proponer estrategias y cursos de acción para la defensa de los derechos e intereses argentinos sobre las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SANDWICH DEL SUR Y LOS ESPACIOS MARITIMOS CIRCUNDANTES en el Atlántico Sur en el ámbito multilateral.
5.- Proponer acciones para la difusión de los derechos argentinos sobre las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SANDWICH DEL SUR Y LOS ESPACIOS MARITIMOS CIRCUNDANTES en el Atlántico Sur.
FIRMANTES
FERNANDEZ DE KIRCHNER. - Jorge M. Capitanich. - Héctor M. Timerman.