CAPITAL FEDERAL
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Fecha de Emisión: 09 de Octubre de 2009
Boletín Oficial: 14 de Octubre de 2009
Boletín AFIP N° 148, Noviembre de 2009, página 1974
ASUNTO
ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL - Organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría -apartado XXIV- Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca. Modifi- cación del Decreto Nº 357/02.
GENERALIDADES
TEMA
ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL-PRESIDENCIA DE LA NACION-SUBSECRETARIAS DE ESTADO-ENTES DESCENTRALIZADOS
VISTO
VISTO la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992), sus modificatorios y complementarios, y los Decretos Nº 1365 y Nº 1366, ambos del 1º de octubre de 2009, y
Referencias Normativas:
CONSIDERANDO
Que por el Decreto Nº 1365/09 se modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92), sus modificatorias y complementarias, desdoblándose el entonces MINISTERIO DE PRODUCCION en el MINISTERIO DE INDUSTRIA y en el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, determinando así los Ministerios que asistirán al PODER EJECUTIVO NACIONAL para cumplir con las responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus competencias.
Que en función de las competencias asignadas a las precitadas Jurisdicciones Ministeriales, por el Decreto Nº 1366/09, se estableció la conformación organizativa de los niveles políticos dependientes de ambas Carteras, hasta el nivel de Subsecretaría.
Que el perfil empresarial que define al sector primario de las economías regionales corresponde a escalas de medianas y pequeñas empresas y agricultura familiar, caracterizadas por un fuerte aporte de mano de obra y gestión familiar que requieren políticas específicas para su desarrollo.
Que ante la inequidad geográfica que existe entre las diversas regiones económicas de la República Argentina resulta necesario generar políticas específicas orientadas principalmente a los pequeños y medianos productores y a la agricultura familiar que se constituyan en verdaderas herramientas del desarrollo regional, del agregado de valor en la cadena productiva y de la generación de empleo en las economías regionales.
Que para que dicho ordenamiento sea completo y abarcativo de la conformación organizativa basada en criterios de racionalidad y eficiencia, resulta necesario contar con la estructura adecuada para dar respuesta rápida a las demandas de sectores sensibles como son las producciones regionales y la agricultura familiar.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Referencias Normativas:
Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1:
Artículo 1º - Sustitúyese del Anexo I al artículo 1º del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios -Organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría- el apartado XXIV - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, de conformidad con el detalle que se aprueba como planilla anexa al presente artículo.
Textos Relacionados:
Artículo 2:
Art. 2º - Incorpóranse en el Anexo II al artículo 2º del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, apartado XXIV -MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA-, los Objetivos de las SUBSECRETARIAS DE DESARROLLO DE ECONOMIAS REGIONALES, DE AGRICULTURA FAMILIAR y DE LECHERIA en el ámbito de las SECRETARIAS que en cada caso se indica, de conformidad con el detalle que se aprueba como planilla anexa al presente artículo.
Textos Relacionados:
Artículo 3:
Art. 3º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Planilla Anexa al artículo 1º XXIV. MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
- SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA GANADERIA Y PESCA
- SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA
- SUBSECRETARIA DE GANADERIA
- SUBSECRETARIA DE LECHERIA
- SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA
- SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR
- SUBSECRETARIA DE DESARROLLO DE ECONOMIAS REGIONALES
- SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA FAMILIAR
- SECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES
- SUBSECRETARIA DE COORDINACION INSTITUCIONAL
- SUBSECRETARIA DE COMUNICACION INSTITUCIONAL
Planilla Anexa al artículo 2º
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR
SUBSECRETARIA DE DESARROLLO DE ECONOMIAS REGIONALES
OBJETIVOS
1. Elaborar políticas de manejo, promoción y comercialización de la producción de los pequeños y medianos productores agropecuarios de las economías regionales en coordinación con los restantes Organismos de incumbencia en la materia.
2. Planificar y elaborar planes, programas y proyectos conducentes a implementar las políticas que se determinen para las economías regionales, procurando el desarrollo de origen agrícola- ganadero.
3. Proponer y/o adecuar estándares de comercialización de la producción agropecuaria primaria de los pequeños y medianos productores agropecuarios para los alimentos de origen animal y/o vegetal en función de las distintas regiones del país, sus tradiciones culturales, mercados actuales y escenarios futuros, garantizando la inocuidad de los mismos, su sanidad y calidad y acentuando el interés en los controles higiénico-sanitarios y la certificación de la calidad, tipificación y normalización de los mismos.
4. Elaborar programas y proyectos tendientes a fortalecer la competitividad de las micro, pequeñas y medianas producciones agropecuarias de las economías regionales, promocionando el acceso a los mercados, el fortalecimiento del potencial exportador, el acceso al financiamiento y la incorporación de valor agregado.
5. Planificar, programar y proyectar la promoción, difusión y desarrollo de los microemprendimientos agropecuarios, tendientes al asentamiento de emprendimientos productivos en las diversas economías regionales.
6. Asistir a la SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR en la coordinación con organismos de cooperación técnica y financiamiento internacional en la planificación, elaboración y ejecución de programas y proyectos de desarrollo técnico, económico, comercial y de agregado de valor de las producciones agropecuarias regionales.
7. Asistir en la aplicación de las Leyes Nros. 19.800, 25.422, 26.141 y 26.060.
8. Propiciar el mejoramiento de infraestructuras provinciales destinadas al sector, para generar un ámbito de desarrollo integral de las comunidades rurales, que impulsen el crecimiento regional, a través de programas de ejecución nacional.
9. Aprobar, promover y asegurar la ejecución de planes, programas y proyectos destinados a controlar, fomentar y difundir la conservación y preservación de los recursos naturales involucrados en la producción agropecuaria de las
economías regionales, propiciando el desarrollo sostenible, generando instrumentos para la adaptación y mitigación del cambio climático y sus consecuencias, coordinando su accionar con otros organismos competentes.
SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA FAMILIAR
OBJETIVOS
1. Elaborar, coordinar y ejecutar políticas, planes y programas atendiendo a las necesidades específicas de los diversos actores, regiones y sectores agroproductivos vinculados a la agricultura familiar.
2. Identificar, diseñar y ejecutar políticas y programas que atiendan las necesidades específicas del sector de la agricultura familiar.
3. Coordinar la elaboración de propuestas de políticas de desarrollo agropecuario y la formulación y seguimiento de proyectos sectoriales con financiamiento interno y/o externo vinculados a la agricultura familiar.
4. Asistir a la SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR en la coordinación y ejecución de los distintos programas de intervención territorial y social.
5. Asistir a la SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR en los temas vinculados al financiamiento externo.
6. Asistir a la SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR en su relación con los Gobiernos Provinciales en las materias de su competencia.
7. Asistir a la SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR en las tareas relativas a la administración y funcionamiento del Registro de la Agricultura Familiar.
8. Asistir y coordinar las instancias de relaciones institucionales con el Foro y las organizaciones de la Agricultura Familiar y ejercer la Coordinación Nacional de la Reunión Especializada sobre Agricultura Familiar del MERCOSUR.
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA
Y PESCA SUBSECRETARIA DE LECHERIA
OBJETIVOS
1. Llevar a cabo una caracterización actualizada de la situación productiva nacional del sector lechero, reconociendo las diferencias regionales del mismo, así como mantener actualizada la información estadística del sector.
2. Diseñar, proponer, coordinar y/o gestionar la ejecución de políticas, planes, programas y recursos relacionados con la producción lechera, procurando el adecuado equilibrio entre productividad, sostenibilidad y distribución territorial.
3. Proponer y coordinar la ejecución de políticas tendientes al desarrollo, expansión y aumento de eficiencia del sector productivo de la cadena lechera, abarcando las etapas de producción primaria y logística.
4. Asistir en el fortalecimiento de la competitividad del sector productivo de la cadena lechera, proponiendo aquellas medidas de carácter global o sectorial que permitan impulsar el desarrollo equilibrado y sostenible de la misma, articulando con otras áreas competentes en la materia.
5. Asistir en la ejecución de las políticas relacionadas con la Biotecnología para uso en el sector lechero.
6. Participar en todo lo relativo a la definición de las políticas sanitaria, comercial y tecnológica vinculadas al sector productivo de la cadena lechera.
7. Elaborar y proponer programas de capacitación, extensión y transferencia tecnológica en respuesta a la problemática de los diferentes actores de la cadena.
FIRMANTES
FERNANDEZ DE KIRCHNER. - Aníbal D. Fernández. - Julián A. Domínguez