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Decreto N° 1363/1989

CAPITAL FEDERAL

Estado de la Norma: Vigente


DATOS DE PUBLICACIÓN

Fecha de Emisión: 01 de Diciembre de 1989

Boletín Oficial: 11 de Diciembre de 1989

ASUNTO

DECRETO N° 1363/1989 - Subsidio por sepelio de beneficiarios del régimen de previsión y de pensiones no contributivas - Incremento del monto.

Expandir GENERALIDADES


Contraer TEMA

SEGURIDAD SOCIAL-TRABAJADOR EN RELACION DE DEPENDENCIA -SUBSIDIOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL-SUBSIDIO POR SEPELIO

Contraer VISTO

VISTO la Ley N. 21.074, modificada por su similar N. 22.563, y

Referencias Normativas:

Contraer CONSIDERANDO

Que la ley citada en primer término instituyó el subsidio por sepelio de beneficiarios del régimen nacional de previsión y de prestaciones no contributivas, consistente en el pago de una suma equivalente a TRES (3) salarios mínimos vigentes al momento de su fallecimiento, facultando al Poder Ejecutivo para fijar, en más, el importe que resulte de lo indicado precedentemente.

Que se considera oportuno hacer uso de la mencionada facultad, incrementado el monto del subsidio de que se trata hasta un máximo de SEIS (6) haberes básicos garantizados de jubilación del régimen para trabajadores en relación de dependencia, y autorizar a la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL a fijar dicho monto dentro de ese límite.

Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:


Contraer Artículo 1:

ARTICULO 1° - Increméntase hasta un máximo de SEIS (6) haberes básicos garantizados de jubilación del régimen para trabajadores en relación de dependencia, vigentes al momento del fallecimiento del causante, el monto previsto en el artículo 2 de la Ley N. 21 074.

Textos Relacionados:

Contraer Artículo 2:

ARTICULO 2° - Facúltase a la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL a fijar dicho monto dentro de los límites establecidos en el artículo precedente.

Contraer Artículo 3:

ARTICULO 3° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Nacional.


FIRMANTES

MENEM - TRIACA