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Decreto N° 1070/2014

CAPITAL FEDERAL

Estado de la Norma: Vigente


DATOS DE PUBLICACIÓN

Fecha de Emisión: 10 de Julio de 2014

Boletín Oficial: 14 de Julio de 2014

ASUNTO

ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL - Decreto Nº 357/2002. Modificación.

Expandir GENERALIDADES


Contraer TEMA

ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL-PRESIDENCIA DE LA NACION-SUBSECRETARIAS DE ESTADO-ENTES DESCENTRALIZADOS

Contraer VISTO

VISTO el Expediente Nº S01:0008468/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la Ley Nº 26.895 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014, los Decretos Nros. 357 de fecha 21 de febrero de 2002, modificado entre otros por su similar Nº 2.136 de fecha 12 de diciembre de 2013, 1.359 de fecha 5 de octubre de 2004 y 491 de fecha 12 de marzo de 2002, las Resoluciones Nros. 779 de fecha 6 de diciembre de 2004 y 209 de fecha 22 de abril de 2005, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, sus normas modificatorias y complementarias, y

Referencias Normativas:

Contraer CONSIDERANDO

Que por el Decreto Nº 2.136 de fecha 12 de diciembre de 2013 modificatorio entre otros de su similar Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002, se adecuó la conformación organizativa de los niveles políticos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, en la parte correspondiente a la SECRETARIA DE COMERCIO.

Que por el Decreto Nº 1.359 de fecha 5 de octubre de 2004, complementado por la Resolución Nº 779 de fecha 6 de diciembre de 2004 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, sus normas modificatorias y complementarias, se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la administración centralizada del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, actual MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, contemplando entre otras, diversas áreas afectadas a las temáticas de competencia de la Secretaría citada precedentemente.

Que atento a la premisa de lograr el perfeccionamiento en la utilización de los recursos públicos y mejorar permanentemente la calidad de la acción estatal, resulta aconsejable complementar la adecuación organizativa iniciada por el citado Decreto Nº 2.136/13.

Que asimismo y en tal sentido, deviene oportuno aprobar la estructura organizativa de la SECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que por la Resolución Nº 209 de fecha 22 de abril de 2005 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION sus normas modificatorias y complementarias, se definieron las coordinaciones de área de la Administración Centralizada de dicha cartera, actual MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, resultando aconsejable incorporar a la misma las correspondientes a la Secretaría citada precedentemente.

Que independientemente de lo expuesto, es necesario crear, con dependencia directa de la SECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, UN (1) cargo extraescalafonario de Coordinador General Técnico y Operativo, con rango y jerarquía de Subsecretario, que asista a la máxima autoridad de la SECRETARIA DE COMERCIO, entre otras cuestiones, en el desarrollo de las actividades vinculadas a las relaciones técnico-operativas con las distintas unidades de organización del Ministerio y del resto de la Administración Pública Nacional, en lo vinculado con la asignación de recursos humanos y materiales, la ejecución presupuestaria y el despacho de la Secretaría, así como en la verificación de los proyectos de actos administrativos puestos a consideración de dicha autoridad.

Que, asimismo con el objetivo de mejorar el funcionamiento y la eficacia de la nueva organización, aprobada por el Decreto Nº 2.136/13, resulta aconsejable crear los cargos extraescalafonarios de Coordinador Técnico y Operativo de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR y de Coordinador Técnico y Operativo de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR, ambas de la SECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que dada la política de precios llevada adelante por el ESTADO NACIONAL resulta conveniente prever la incorporación, también con dependencia directa de la mencionada SECRETARIA DE COMERCIO, del cargo extraescalafonario de Coordinador de Comercio de Proximidad, con rango y jerarquía de Subsecretario, el que asistirá respecto de la aplicación de los acuerdos de precios, la difusión de las políticas inherentes a éstos, así como en el desarrollo del comercio de proximidad.

Que por otra parte, corresponde prever la incorporación de los cargos correspondientes a los titulares de los gabinetes de las autoridades de la Secretaría en cuestión.

Que por el Artículo 7° de la Ley Nº 26.895 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014, se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sanción de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de lo dispuesto por el Artículo 10 de la citada norma legal.

Que por el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el control directo de todas las designaciones de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional.

Que los profesionales propuestos, reúnen los requisitos de idoneidad y experiencia necesarios para cubrir los cargos de Jefe de Gabinete, Coordinador General Técnico y Operativo y Coordinador de Comercio de Proximidad de la SECRETARIA DE COMERCIO, Coordinador de Gabinete y Coordinador Técnico y Operativo de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR, Coordinador de Gabinete y Coordinador Técnico y Operativo de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR, que se crean por la presente medida.

Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y los Artículos 6°, 7° y 10 de la Ley Nº 26.895 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014 y el Artículo 1° del Decreto Nº 491/02.

Referencias Normativas:

Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:


Contraer Artículo 1:

Artículo 1° - Sustitúyense del Anexo II al Artículo 2° del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002, en el Apartado XV, correspondiente al MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, los Objetivos 7, 10 y 20 de la SECRETARIA DE COMERCIO, los que quedarán redactados del siguiente modo:

"7.- En su carácter de Autoridad de Aplicación de las Leyes Nros. 22.802 de Lealtad Comercial, 19.227 de Mercados de Interés Nacional, 19.511 de Metrología Legal, 24.240 de Defensa del Consumidor, 20.680 de Abastecimiento, 25.156 de Defensa de la Competencia, 25.065 de Tarjetas de Crédito, entender, en el ámbito de su competencia, en todo lo relativo a la aplicación de dichas leyes dictando las normas complementarias y/o aclaratorias y celebrar todos los actos que se requieran para la debida implementación de las mismas."

"10. Coordinar la supervisión del accionar de la COMISION NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA o del organismo que en el futuro la sustituya."

"20. Coordinar la supervisión del accionar de la COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR."

Textos Relacionados:

Contraer Artículo 2:

Art. 2° - Sustitúyense del Anexo II al Artículo 2° del Decreto Nº 357/02, en el Apartado XV, correspondiente al MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, los Objetivos de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR y de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR, ambas de la SECRETARIA DE COMERCIO, los que quedarán redactados de conformidad con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo.

Contraer Artículo 3:

Art. 3° - Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, de acuerdo con el Organigrama y Responsabilidad Primaria y Acciones que como Anexos I y II, respectivamente, forman parte integrante del presente decreto.

Contraer Artículo 4:

Art. 4° - Apruébase la estructura organizativa de segundo nivel operativo de la SECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, de acuerdo con el Organigrama del Anexo I y las Acciones que se detallan en Planillas Anexas al presente artículo.

Contraer Artículo 5:

Art. 5° - Apruébanse en el ámbito de la SECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, las Coordinaciones que se detallan en las Planillas Anexas al presente artículo.

Contraer Artículo 6:

Art. 6° - Modifícase, de conformidad con lo establecido en los Artículos 3°, 4° y 5° del presente acto, el Decreto Nº 1.359 de fecha 5 de octubre de 2004, y las Resoluciones Nros. 779 de fecha 6 de diciembre de 2004 y 209 de fecha 22 de abril de 2005, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, sus modificatorias y complementarias.

Contraer Artículo 7:

Art. 7° - Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014 - Recursos Humanos en la parte correspondiente a la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo, que forman parte integrante del mismo.

Contraer Artículo 8:

Art. 8° - Créase el cargo extraescalafonario de Jefe de Gabinete de la SECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, con rango y jerarquía de Subsecretario, el que tendrá como competencia asistir y asesorar al señor Secretario en el desarrollo de sus funciones.

Contraer Artículo 9:

Art. 9° - Créase el cargo extraescalafonario de Coordinador General Técnico y Operativo de la SECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, con rango y jerarquía de Subsecretario, el que tendrá como cometido las siguientes funciones.

1. Asistir al señor Secretario de Comercio en las relaciones técnico-operativas con las distintas unidades de organización del Ministerio y del resto de la Administración Pública Nacional, inherentes al ejercicio de su competencia.

2. Coordinar la asignación de recursos humanos y materiales, la ejecución presupuestaria y el despacho de la Secretaría.

3. Realizar el seguimiento de los informes producidos por los organismos de control interno y externo.

4. Verificar los proyectos de actos administrativos puestos a consideración de la superioridad.

5. Coordinar técnica y administrativamente los programas con financiamiento externo de la Secretaría.

Contraer Artículo 10:

Art. 10. - Créase, con dependencia directa de la SECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el cargo extraescalafonario de Coordinador de Comercio de Proximidad, con rango y jerarquía de Subsecretario, el que tendrá como cometido las siguientes funciones:

1.- Asistir al señor Secretario de Comercio en temas relativos al desarrollo del comercio de proximidad.

2.- Asistir al señor Secretario de Comercio en el seguimiento y control de la aplicación de los acuerdos de precios.

3.- lnteractuar entre el ESTADO NACIONAL, las administraciones locales y las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales en relación a la implementación de los acuerdos de precios.

4.- Coordinar las actividades de difusión en relación a la política de precios.

Contraer Artículo 11:

Art. 11. - Créanse los cargos extraescalafonarios de Coordinador de Gabinete de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR y de Coordinador de Gabinete de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR ambas de la SECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, con una remuneración equivalente al Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, los que tendrán como cometido asistir y asesorar al señor Subsecretario de su competencia en el desarrollo de sus funciones.

Contraer Artículo 12:

Art. 12. - Créanse los cargos extraescalafonarios de Coordinador Técnico y Operativo de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR y Coordinador Técnico y Operativo de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR ambas de la SECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, con una remuneración equivalente al Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), los que tendrán como cometido las siguientes funciones.

1. Asistir al señor Subsecretario en las relaciones técnico-operativas con las distintas unidades de organización del Ministerio y del resto de la Administración Pública Nacional, inherentes al ejercicio de su competencia.

2. Intervenir en la asignación de recursos humanos y materiales, la ejecución presupuestaria y coordinar el despacho de la Subsecretaría.

3. Realizar el seguimiento de los informes producidos por los organismos de control interno y externo.

4. Verificar los proyectos de actos administrativos puestos a consideración de la superioridad.

Contraer Artículo 13:

Art. 13. - Mantiénese la vigencia de la estructura organizativa de la COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR, organismo desconcentrado dependiente de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR de la SECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Contraer Artículo 14:

Art. 14. - Mantiénese la vigencia de la estructura organizativa de la COMISION NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA, organismo desconcentrado dependiente de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR de la SECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, hasta tanto se dé cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 58 de la Ley Nº 25.156.

Contraer Artículo 15:

Art. 15. - Desígnase a Santiago MONACO (M.I. Nº 23.453.712) en el cargo extraescalafonario de Jefe de Gabinete de la SECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Contraer Artículo 16:

Art. 16. - Desígnase a Andrés Maximiliano USLENGHI (M.I. Nº 24.365.741) en el cargo extraescalafonario de Coordinador General Técnico y Operativo de la SECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Contraer Artículo 17:

Art. 17. - Desígnase a Juan Santiago FRASCHINA (M.I. Nº 25.563.455) en el cargo extraescalafonario de Coordinador de Comercio de Proximidad de la SECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Contraer Artículo 18:

Art. 18. - Desígnase a María Paula DE PALMA (M.I. Nº 29.249.967) en el cargo extraescalafonario de Coordinador de Gabinete de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR de la SECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, como excepción a lo dispuesto por el Artículo 7° de la Ley Nº 26.895.

Contraer Artículo 19:

Art. 19. - Desígnase a María Natalia TOMASEVICH PARODI (M.I. Nº 18.844.057) en el cargo extraescalafonario de Coordinador Técnico y Operativo de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR de la SECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, como excepción a lo dispuesto por el Artículo 7° de la Ley Nº 26.895.

Contraer Artículo 20:

Art. 20. - Desígnase a Matías GINSBERG (M.I. Nº 29.499.881) en el cargo extraescalafonario de Coordinador de Gabinete de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR de la SECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, como excepción a lo dispuesto por el Artículo 7º de la Ley Nº 26.895.

Contraer Artículo 21:

Art. 21. - Desígnase a María Tatiana de la VEGA AUBONE (M.I. Nº 23.471.461) en el cargo extraescalafonario de Coordinador Técnico y Operativo de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR de la SECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, como excepción a lo dispuesto por el Artículo 7º de la Ley Nº 26.895.

Contraer Artículo 22:

Art. 22. - El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será atendido con los créditos previstos para tal fin en la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Contraer Artículo 23:

Art. 23. - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.


Contraer PLANILLA ANEXA

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Contraer ANEXO I

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Contraer ANEXO II

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FIRMANTES

FERNANDEZ DE KIRCHNER. - Jorge M. Capitanich. - Axel Kicillof.