Estado de la Norma: Derogada
DATOS DE PUBLICACIÓN
Fecha de Emisión: 16 de Marzo de 1994
Boletín Oficial: 21 de Marzo de 1994
ASUNTO
Modificación del Decreto N° 2609/93.
GENERALIDADES
TEMA
SEGURIDAD SOCIAL-EMPLEADOR-APORTES Y CONTRIBUCIONES PREVISIONALES-OBRAS SOCIALES-SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES-SISTEMA UNICO DE LA SEGURIDAD SOCIAL-REDUCCION DE CONTRIBUCIONES PATRONALES-PACTO FEDERAL PARA EL EMPLEO, LA PRODUCCION Y EL CRECIMIENTO
VISTO
VISTO el Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento del 12 de agosto de 1993, las Leyes Nros. 23.272 y 24.241, los Decretos Nros. 1.807 del 27 de agosto de 1993; 2.091 del 13 de octubre de 1993 y 2.609 del 22 de diciembre de 1993, y
CONSIDERANDO
Que tal como fuera señalado en oportunidad del dictado del Decreto N° 2.609 del 22 de diciembre de 1993, es un objetivo prioritario de la política económica nacional establecer las bases para un crecimiento sostenido en la actividad económica, la productividad y los niveles de ocupación.
Que con miras a dicha objetivo en la citada norma legal se dispuso una disminución de la presión tributarla sobre la nómina salarial en las jurisdicciones que cumplimenten los requisitos que en la misma se prevé, con el fin de reducir el nivel de los costos del proceso económico para distintas actividades.
Que tal reducción se realizó estableciendo quitas de variada intensidad para las distintas áreas y regiones del país, teniendo en cuenta las distancias a la Capital Federal y la incidencia de hogares pobres.
Que en ese orden da ideas resulta necesario efectuar algunos ajustes en los porcentajes de quitas para determinadas áreas de las provincias de La Pampa y del Neuquén.
Que habiéndose verificado las condiciones previstas en el artículo 188 de la Ley N° 24.241, en cuanto al constante y creciente aumento en la recaudación de los recursos destinados a la seguridad social el Poder Ejecutivo Nacional se encuentra facultado para el dictado del presente decreto, preservando el adecuado financiamiento del sistema previsional.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1:
ARTICULO 1° - Modificase el Anexo I previsto en el artículo 4° del Decreto N° 2.609 del 22 de diciembre de 1993 y que integra la citada norma legal, de la forma que se indica a continuación:
1. Sustitúyese en el apartado "A - PORCENTAJE DE DESCUENTO DE APORTES PATRONALES AGLOMERADOS URBANOS", la expresión:
"LA PAMPA
Santa Rosa - Toay 40"
por la expresión:
"LA PAMPA
Santa Rosa - Toay 45"
2. Sustitúyese en el apartado "A - PORCENTAJE DE DESCUENTO DE APORTES PATRONALES AGLOMERADOS URBANOS", la expresión:
"NEUQUEN
Ciudad del Neuquén - Plottier 50
Centenario 50”
por la expresión:
"NEUQUEN
Ciudad del Neuquén - Plottier 65
Centenario 65
Cutral-Có 65
Plaza Huincul 65"
3. Sustitúyese en el apartado "B - PORCENTAJE DE DESCUENTO DE APORTES PATRONALES PARA CADA PROVINCIA EXCEPTO LOS CORRESPONDIENTES A LAS CIUDADES CAPITALES Y PRINCIPALES AGLOMERADOS QUE SE DETALLAN EN EL ANEXO I-A", la expresión:
"LA PAMPA
Chical-Có
Chalileo
Puelén
Limay-Mahuida 55
Curacó
Lihuel-Calel
Resto de los departamentos de la
Provincia de La Pamba 45”
Por la expresión:
“LA PAMPA
Chical Có
Chalileo
Puelén
Limay-Mahuida 55
Curacó
Lihuel-Calel
Resto de los departamentos de
La Provincia de La Pampa 50”
Modifica a:
Artículo 2:
ARTICULO 2°.- Las modificaciones introducidas por el presente serán de aplicación para las remuneraciones que se devenguen a partir del 1° de marzo de 1994.
Artículo 3:
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese.
FIRMANTES
Domingo F. Cavallo
MENEM