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Resolución General AFIP N° 3223/2011

17 de Noviembre de 2011

Estado de la Norma: Derogada


DATOS DE PUBLICACIÓN

Boletín Oficial: 22 de Noviembre de 2011

Fe de Erratas: 14 de Marzo de 2012

ASUNTO

EXPORTACIONES - Valores referenciales de carácter preventivo. Resolución General Nº 2716. Norma complementaria.

Expandir GENERALIDADES


Contraer TEMA

ADUANAS-COMERCIO EXTERIOR-EXPORTACIONES

Contraer VISTO

VISTO la Actuación SIGEA Nº 13707-150-2011 del Registro de esta Administración Federal, y

Contraer CONSIDERANDO

Que la Resolución General Nº 2716 dispuso que este Organismo establecerá los valores referenciales de exportación de carácter preventivo para cualquiera de las mercaderías comprendidas en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM), los cuales constituyen un primer control de las declaraciones en resguardo del interés fiscal.

Que dicho control está orientado a perfeccionar el sistema de selectividad en materia de valor, a efectos de detectar desvíos respecto de los valores usuales para mercaderías idénticas o similares.

Que en el marco de las tareas de evaluación de riesgos, se ha realizado un estudio referido al valor de la mercadería detallada en el Anexo I de la presente, en el que se han considerado las fuentes de información internas y externas previstas en el Artículo 2º de la citada resolución general.

Que como resultado del mencionado estudio la Dirección de Gestión del Riesgo, mediante el informe elaborado al respecto, aconseja actualizar los valores referenciales para las mercaderías analizadas.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Control Aduanero y Técnico Legal Aduanera y la Dirección General de Aduanas.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Referencias Normativas:

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:


Contraer Artículo 1:

Artículo 1º - Establécense los valores referenciales que constan en los Anexos I "Listado de mercaderías con valor referencial" y II "Países de destino de las mercaderías".

Contraer Artículo 2:

Art. 2º - Déjanse sin efecto los valores referenciales de exportación indicados en el Anexo III.

Contraer Artículo 3:

Art. 3º - Apruébanse los Anexos I, II y III que forman parte de esta resolución general.

Contraer Artículo 4:

Art. 4º - Las disposiciones establecidas en los artículos precedentes serán de aplicación para las solicitudes de destinaciones definitivas de exportación para consumo que se oficialicen a partir del segundo día hábil administrativo, inclusive, posterior al de su publicación en el Boletín Oficial.

Contraer Artículo 5:

Art. 5º - Déjase sin efecto la Resolución General Nº 3173 a partir de la fecha de aplicación de la presente.

Deroga a:

Contraer Artículo 6:

Art. 6º - Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Cumplido, archívese.


Contraer ANEXO I - RG N° 3223(AFIP).

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Contraer ANEXO II - RG N° 3223(AFIP).

ANEXO II

(Artículo 1º)

PAISES DE DESTINO DE LAS MERCADERIAS

GRUPO 7

202 BOLIVIA

203 BRASIL

208 CHILE

205 COLOMBIA

221 PARAGUAY

222 PERU

225 URUGUAY

226 VENEZUELA

GRUPO 9

149 ANGOLA

102 ARGELIA

112 BENIN

103 BOTSWANA

101 BURKINA FASO

104 BURUNDI

150 CABO VERDE

105 CAMERUN

111 CHAD

155 COMORAS

108 CONGO

110 COSTA DE MARFIL

153 DJIBOUTI

113 EGIPTO

160 ERITREA

161 ETIOPIA

115 GABON

116 GAMBIA

117 GHANA

118 GUINEA

156 GUINEA BISSAU

119 GUINEA ECUATORIAL

198 INDETERMINADO (AFRICA)

120 KENYA

121 LESOTHO

122 LIBERIA

123 LIBIA

124 MADAGASCAR

125 MALAWI

126 MALI

127 MARRUECOS

128 MAURICIO, ISLAS

129 MAURITANIA

151 MOZAMBIQUE

158 NAMIBIA

130 NIGER

131 NIGERIA

107 REPUBLICA CENTROAFRICANA

109 REPUBLICA DEMOCRATICA DEL CONGO (EX ZAIRE)

197 RESTO (AFRICA)

133 RWANDA

157 SANTO TOME Y PRINCIPE

134 SENEGAL

152 SEYCHELLES

135 SIERRA LEONA

136 SOMALIA

159 SUDAFRICA

138 SUDAN

137 SWAZILANDIA

139 TANZANIA

146 TERRITORIO VINCULADO A ESPAÑA (AFRICA)

147 TERRITORIO VINCULADO A FRANCIA (AFRICA)

145 TERRITORIO VINCULADO AL REINO UNIDO (AFRICA)

140 TOGO

141 TUNEZ

142 UGANDA

144 ZAMBIA

132 ZIMBABWE

GRUPO 13

302 ARABIA SAUDITA

204 CANADA

310 CHINA

331 EMIRATOS ARABES UNIDOS

341 HONG KONG

316 INDONESIA

326 MALASIA

333 SINGAPUR

GRUPO 14

317 IRAK

321 JORDANIA

GRUPO 15

201 BARBADOS

206 COSTA RICA

207 CUBA

210 ECUADOR

211 EL SALVADOR

217 JAMAICA

218 MEXICO

209 REPUBLICA DOMINICANA

Contraer ANEXO III - RG N° 3223(AFIP).

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FIRMANTES

Ricardo Daniel Echegaray