CONSIDERANDO
Que la Provincia de CORRIENTES presentó para su tratamiento el Decreto Provincial Nº 2.060 de fecha 11 de julio de 2022, en la reunión de fecha 25 de octubre de 2022 de la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS, a los efectos de la aplicación de la Ley Nº 26.509, que prorrogó por el término de SEIS (6) meses, a partir del 1º de julio de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022, el estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario en todo el territorio provincial, para todas las actividades productivas; el cual fue oportunamente declarado por Decreto Provincial Nº 200 de fecha 7 de febrero de 2022, cuyo vencimiento operó el 30 de junio de 2022.
Que la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS, luego de analizar la situación provincial, recomendó prorrogar el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, en los términos de la Ley Nº 26.509, con el alcance propuesto por la Provincia de CORRIENTES.
Que asimismo, la citada Comisión estableció el día 31 de diciembre de 2022, como fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones afectadas, de acuerdo con lo estipulado en los Artículos 22 y 23 del Anexo al Decreto Nº 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009.
Que el Servicio Jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios –t.o. 1992- y sus modificaciones y el Artículo 9° del Anexo al Decreto Reglamentario N° 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009.
Por ello,