CONSIDERANDO
Que la provincia de Río Negro presentó para su tratamiento el decreto provincial 75 de fecha 4 de febrero de 2025 en la reunión de fecha 18 de febrero de 2025 de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios, a los efectos de la aplicación de la ley 26.509 y sus modificatorias.
Que el referido decreto provincial 75/2025 declaró el estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario, según corresponda en cada caso, por causa de incendio, en lo que refiere a la actividad productiva, a partir del 1° de febrero de 2025 y por el término de un (1) año, en el Departamento de Bariloche de la provincia de Río Negro.
Que la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios, luego de analizar la situación provincial, recomendó declarar el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, con el alcance propuesto por la provincia de Río Negro en los términos de la ley 26.509 y sus modificatorias.
Que, asimismo, la citada Comisión Nacional estableció el día 31 de enero de 2026 como fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones afectadas, de acuerdo con lo estipulado en los artículos 22 y 23 del anexo al decreto reglamentario 1712 de fecha 10 de noviembre de 2009.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones y el artículo 9° del anexo al citado decreto reglamentario 1712/2009.
Por ello,