CONSIDERANDO
Que la Provincia de TUCUMÁN presentó para su tratamiento el Decreto Provincial N° 1.084/9 de fecha 11 de abril de 2023, en la reunión de fecha 3 de mayo de 2023 de la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS, a los efectos de la aplicación de la Ley Nº 26.509 y sus modificatorias.
Que en el Artículo 1° del citado decreto provincial se declaró el Estado de Emergencia Agropecuaria en toda la provincia excepto en el Departamento de Tafí del Valle, para los cultivos de soja, maíz, poroto, sorgo, caña de azúcar, citrus, palta y para la actividad ganadera en su conjunto, afectadas por sequía.
Que, asimismo, en su Artículo 2° se estableció el 23 de marzo de 2023 como fecha de inicio y el 23 de marzo de 2024 como fecha de finalización de la declaración.
Que la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS, luego de analizar la situación provincial, recomendó declarar la emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, con el alcance propuesto por la Provincia de TUCUMÁN.
Qué, asimismo, la citada Comisión Nacional estableció el día 23 de marzo de 2024 como fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones afectadas, de acuerdo con lo estipulado en los Artículos 22 y 23 del Anexo al Decreto Reglamentario Nº 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones y el Artículo 9° del Anexo al Decreto Reglamentario N° 1.712/2009.
Por ello,