Art. 3º — Cuando el responsable de efectuar los aportes y contribuciones sea un empresario armador u operador legal extranjero, deberá efectuar su inscripción y el cumplimiento de las obligaciones previsionales, como sucursal de empresa extranjera, de corresponder, o designando un apoderado o mandatario para su representación en el país y fijando domicilio en el mismo. En este último caso, el formulario de solicitud de inscripción correspondiente deberá presentarse acompañado de los elementos que seguidamente se detallan:
a) Poder especial otorgado a persona radicada en el país, que acredite la representación legal de la empresa obligada -en los términos del Decreto N° 1.255/98- y contenga cláusulas que concedan facultades para determinar íntegramente la materia imponible y cumplir con las obligaciones de ingreso.
b) Nota suscripta por la empresa extranjera o por su representante legal en la Argentina, en la que solicite a esta Administración Federal la inscripción como empleador, en su calidad de operadora o armadora de embarcaciones alcanzadas por el beneficio de excepción, al solo efecto de cumplir con los términos del Decreto N° 1255/98.
En la referida nota se deberá consignar:
1. Domicilio de la empresa extranjera en su país de origen.
2. Identificación de las naves con las que opera y por las cuales queda obligado a ingresar aportes y contribuciones al régimen jubilatorio argentino.
3. Números de matrícula otorgados por el país de la bandera que enarbola cada barco.
4. Identificación del propietario argentino de cada una de las embarcaciones con las que opera.
5. Nómina de los trabajadores argentinos a bordo de las naves comprendidas en los regímenes de excepción.
c) Contrato de locación o escritura de propiedad del inmueble en el que se va a fijar el domicilio en el país.
A tal efecto, se aceptará el domicilio legal y/o fiscal del representante legal radicado en la Argentina, debidamente acreditado.
Cuando la documentación mencionada en los incisos a) y b), sea emitida en el exterior, deberá ser intervenida por el cónsul argentino en el país de domicilio o radicación del responsable, y, en su caso, acompañada de la traducción de su contenido al idioma castellano, autenticada.
Asimismo, los datos suministrados mediante la nota deberán ser convalidados por la Subsecretaría de Transporte por Agua y Puertos del Ministerio de Economía, aceptándose su presentación ante esta Administración Federal con la sola constancia de recepción por la referida Subsecretaría, en cuyo caso la inscripción se considerará "en trámite", hasta que se completen todos los requisitos enunciados.